Nº 36: FRANCO ERES UN TRAIDOR…!!!

Sinopsis - Abstract

El 22 de noviembre de 1960, se celebraba una misa en la basílica del Valle de los Caídos de Cuelgamuros con motivo del aniversario del fusilamiento de José Antonio Primo de Rivera, con la presencia de Franco, sus Ministros y otras autoridades del Estado, del Movimiento y representaciones diplomáticas, en el preciso instante de la consagración se apagaron todas las luces y se escuchó-con una voz perfectamente audible y potente- en toda la cripta… Franco eres un traidor…

El aludido no se inmutó, pero sí lo hicieron sus escoltas y policías que inmediatamente localizaron y detuvieron al autor de esa frase, un joven de 22 años, Román Alonso Urdiales, falangista que acababa de terminar sus estudios de Magisterio y que se encontraba realizando su servicio militar como administrativo en la Capitanía General.

Trasladado inmediatamente  a los calabozos de la Dirección General de Seguridad, en la que fue visitado por el titular Carlos Arias Navarro, ex fiscal jurídico militar en Málaga, tras la ocupación de dicha ciudad  por las  fuerzas militares  sublevadas, ex Gobernador Civil de León, luego Alcalde Madrid, Ministro de la Gobernación  y por último Presidente del último de los Gobiernos de Franco muy interesado en saber quiénes habían sido los cómplices.

La brigada político social pretendíó conseguir una declaración de autoinculpación de que la frase pronunciada en Cuelgamuros era obra, consecuencia y producto de una conjura comunista por lo que le apaleaban por la mañana, tarde y noche…y lo pusieron a disposición del Juez Especial Militar Nacional de Actividades Extremistas – Coronel Enrique Eymar Fernández- que le procesó en procedimiento ordinario Nº 1.649/60 por el delito de Injurias al Jefe del Estado, ya que Román era soldado del regimiento de zapadores, afecto a la Jefatura de Ingenieros de la Primera Región Militar.

Antecedentes

El domingo 18 de abril de 1999 aparecía publicada en el diario EL MUNDO , Nº 183 una columna del periodista Jaime Peñafiel, titulada Azul y Rosa, donde se narraba dicho episodio, con objetividad en tres apartados diferenciados ¿Por qué me llaman traidor?, Lo hizo un poeta y Torturas y un Consejo de Guerra.

Me puse en contacto con el periodista, identificándome como investigador interesado en todo lo referente al Coronel Eymar, especialmente de las personas por él procesadas durante veinte años, amablemente me facilitó la dirección en Madrid de Román Alonso, a quién le escribí interesándome por conocer directamente su versión de lo sucedido, el procedimiento militar que se le instruyó y por la sentencia dictada en el Consejo de Guerra que recibí a vuelta de correos el 5 de mayo de 1999.

Desgraciadamente el tiempo transcurrido ha hecho imposible la programada  entrevista personal con el procesado, por lo que las referencias habrán de ser y estar basadas en los documentos, en especial la referida sentencia.

Artículo de J.Grande que la revista Interviu dedicó en 1979 al suceso

Lo primero a resaltar, que a la altura del año 1960 el sumario incoado por el Juzgado Militar Especial Nacional d Actividades Extremistas del Coronel Eymar llevaba el número 1.649/60, lo que de por sí ya resulta más que significativo, teniendo en cuenta, que en mayo de 1957 se puso en funcionamiento por una decisión irregular ilegalmente adoptada por  la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo  un Juzgado Especial Nacional de Propagandas Ilegales, que en principio debería haber supuesto una sensible disminución en los asuntos que seguía tramitando la Jurisdicción Militar.

Fotocopia de la carta remitida el 5 de mayo de 1999 por Román Alonso Urdiales a Juan José del Águila

La segunda observación a destacar  que pese a ser un procedimiento “ordinario” de la jurisdicción militar la inusitada rapidez con la que se tramitó y la celebración del Consejo de Guerra a los veinte ocho días de producirse los hechos, todo ello, con una posible justificación hacia el exterior de que el juicio y la sentencia tuviese carácter ejemplarizante frente a posibles discrepantes dentro de los escasos  falangistas puros que permanecían activos.

La tercera , del texto completo de la sentencia de deduce la hábil estrategia del defensor militar designado, al parecer un  oficial del ejército falangista manteniendo que, la frase pronunciada por Román Alonso Urdiales no iba dirigida contra Franco como Jefe de Estado, sino como Jefe  Nacional de la Falange-que también lo era-por entender el acusado que las políticas aplicadas hasta la fecha por los diferentes Gobiernos de Franco se apartaban de los primitivos principios del fundador de dicha organización política y por tanto nunca podría calificarse de Injurias al Jefe del Estado, sino  de críticas políticas  al entonces Jefe Nacional de la Falange,  no haber implementado y cumplido con los principios fundacionales de la Falange y traicionar sus contenidos, en los veinte y un años que llevaban gobernando en España.

El Consejo de Guerra como era de esperar no aceptó tal tesis de la defensa y le condenó como autor de un delito de Injurias al Jefe del Estado,  con la agravante de haberse producido con publicidad en un lugar sagrado, a doce años de prisión mayor, además se añadía que debería cumplirla en un Cuerpo de Disciplina, por lo que fue trasladado desde la cárcel militar de Alcalá de Henares a un Batallón disciplinario de Sahara hasta que le fue concedida la libertad condicional.

Que la frase Franco eres un traidor… se pronunciase en un acto de claro contenido de exaltación y recuerdo al líder falangista José Antonio, como una expresión de crítica interna de un sector muy minoritario dentro del llamado Movimiento Nacional, que se sentía “traicionado” y no debidamente representado en la política oficial del franquismo, no era los únicos que lo pensasen.

No habrá de olvidarse, que ese mismo sentimiento de que Franco era un traidor  fuese un pensamiento y convicción de lo que  muchos millones de españoles pensaron a partir del 18 de julio de 1936-tambien lo mantenemos en la actualidad- cuando Franco y otros generales que habían guardado juramento de adhesión y fidelidad al legítimo gobierno de la Republica, en virtud del Decreto de 22 de abril de 1931 se sublevaron, nadie hasta ese momento del 22 de noviembre de 1960 se atrevió a decirlo en voz alta y delante del propio general.

Tras salir Román Alonso  en libertad condicional por aplicación de un  Indulto por nombramiento del Papa Juan XXIII, su salud estaba muy deteriorada y además estuvo varios años sin poder reingresar en la carrera de magisterio. Los falangistas de entonces negaron que fuera  de los suyos y sólo encontró el apoyo de su padre –antiguo guardia civil- y  del padre Gamo, por entonces capellán del Frente de Juventudes.

No deja de ser curioso, que fuera de los pocos falangistas conocidos hasta la fecha que fueran procesados por el Coronel Eymar y  condenados en un Consejo de Guerra, que la cumplió además en un batallón disciplinario de castigo.

Se da una curiosa coincidencia, que creada tres años más tarde, la Jurisdicción Especial de Orden Publico por Ley de 2 de diciembre de 1963, la primera sentencia dictada por el TOP  el 23 de marzo de 1964-cuyo ponente fue el magistrado Antonio Torres Dulce- Ruiz- contra Timoteo Buendía Gómez, de 42 años, natural y vecino de Madrid, de profesión peón de la construcción, acusado de que cuando se encontraba en un bar con algunas copas de más y al aparecer Franco en la pantalla de la Televisión pronunció varias veces la frase “ Me cago en Franco…”

Se le condenó a diez años de prisión menor y un día, pena que cumplió hasta el 9 de febrero de 1967, por un Decreto de Indulto de dicha fecha a propuesta del Ministro de Justicia y de conformidad con el Mº Fiscal y el Tribunal sentenciador.

Los delitos de injurias contra el Jefe del Estado- incluidos en el Art.º 146.1º del Código Penal – vigente a partir del año 1963 pasaron a ser competencia de la nueva Jurisdicción Especial de Orden Publico, fueron utilizados por el TOP- en los trece años de su existencia- en 405 ocasiones del total de  los 11.261 delitos computados en las 3.798 sentencias analizadas, ocupando el sexto puesto en el ranking detrás de los 3.658 de asociación ilícita, 2.622 de propaganda ilegal, 1.508 de reuniones o manifestaciones ilegales, 1.111 de tenencia de armas y explosivos y 794 de desórdenes públicos.

Queda pendiente de realizar estudio pormenorizado de todas esas sentencias en las que se aplicó el delito de Injurias al Jefe del Estado para ver hasta qué punto el severo criterio inicial enjuiciador del TOP se mantuvo hasta el final o por el contrario se suavizó y dulcificó con el transcurso de los años.

 

Testimonio literal de la sentencia de 20 de diciembre de 1960 dictada por un Consejo de Guerra contra el procesado soldado ROMAN ALONSO URDIALES, instruida por el Coronel de Infantería del Benemérito Cuerpo de Caballeros Mutilados de Guerra por la Patria Enrique Eymar Fernández, expedido por Federico Arroyo Prieto, comandante de Artillería, secretario de causas del Juzgado Especial  Nacional Militar Nacional de Actividades Extremistas y de los posteriores Dictamen Auditoria de 27 de diciembre  y Decreto confirmatorio de la Autoridad Judicial de 30 de diciembre de 1960. Dicho testimonio fue firmado por el Teniente Coronel J.Balbas , Juez Adjunto de Eymar.

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