Nº 124: Martín Villa “El Pirómano” y otros antecedentes histórico – borbónicos del siglo XIX

Resaltaba Oscar Alzaga, con perspicacia y gancho para el posible lector, en su obra La conquista de la transición (1960-1978) Memorias documentadas, edición Marcial Pons, Madrid 2021 al final de su Carta Introductoria-pág. 28-, “…quienes venían del franquismo quemaron millones de documentos policiales, sobre la acción de la oposición democrática e inmediatamente después al afirmar con contundencia en el título del capítulo primero -pág. 29-,La destrucción de los archivos de la represión del franquismo …La orden de quema de millones de documentos policiales.

Afirmaciones categóricas, que suscribo en su integridad, según mi personal opinión, dada la forma y manera en que se llevó cabo la transición de la dictadura franquista a la actual monarquía parlamentaria – de ley a ley- pero “tutelada”, por personalidades procedentes de la dictadura -representantes de los poderes fácticos-monarca elegido por Franco, ejercito, banca e iglesia católica junto a diversos sectores representativos potenciales de la oposición democrática.

Y Oscar Alzaga relata en dicho capitulo la anécdota sucedida, después de visitar Los Archivos de la Memoria de Salamanca, para buscar “papeles “sobre Dionisio Ridruejo, se le acercó un ujier de dicha institución y le rogó que pasase a ver a la directora, quién deseaba saludarle.

Tras los protocolarios intercambios de saludos, ella se ofreció si podría ayudarle en la búsqueda de alguna especifica documentación del centro, a lo que Oscar le contestó,…si podría darle a conocer donde se podría consultar los documentos de la organización sindical del régimen (franquista), sus servicios de información sobre los sindicatos entonces ilegales y ramas empresariales, que jugaron un triste papel en el campo de la construcción y concesiones públicas, así como condicionar las disposiciones normativas de los sectores altamente regulados de ciertas empresas de capital extranjero.

La respuesta de esa directora fue…Todos esos archivos los mandó quemar su amigo “el pirómano” … Y cuando Oscar le contestó que tenía muchos amigos, pero que a ninguno de ellos lo conocía por ese calificativo, ella le dio el nombre… RODOLFO MARTIN VILLA.

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La Orden Ministerial de 18 de diciembre de 1977

Oscar Alzaga comienza el relato dando cuenta … que a principios de diciembre de 1977 se produjo una filtración de la orden del ministro del Interior que era Martin Villa, para acometer una destrucción masiva de ingente número de fichas de quienes habían militado en la oposición democrática y de la actividad escrita (documentada por diversos agentes de información gubernativos) sobre las actividades, (en los cuarenta años y muy especialmente en el último tercio del régimen 1960-1975).

A continuación, explicitaba que dicha Orden no se publicó en el BOE y enumeraba, entre las escasas voces que se publicaron en medios escritos, el periodista de La Vanguardia de 13 de diciembre Albert Manet, y curiosamente el ABC del 20 del mismo mes de 1977 y algunas instituciones -como la Asociación Sindical de Archiveros y Bibliotecarios y la Asociación Española de Ciencias Históricas – que formularon protestas expresando su inquietud en carta abierta dirigida al presidente del Gobierno.

También los senadores Benet Morell y Fernández Viagas a la vista de esas noticias de la prensa diaria presentaron en la Cámara sendas interpelaciones escritas, a las que hubo de contestar el ministro del Interior en la sesión plenaria del 18 de enero (Diario de Sesiones del Senado Nº 471978, pp 203-206).

En su réplica, según dice Oscar Alzaga, el ministro Martin Villa intentó justificar la destrucción de “los inmensos datos y antecedentes relativos a la pertenencia o participación de personas en organizaciones y actividades políticas y sindicales prohibidas con arreglo a la jurisdicción anterior (…) a un espíritu de concordia derivado de la normalización de la vida pública española.”

Tomen nota los lectores, que en las recientes elecciones autonómicas celebradas en Castilla León, los representantes de la formación política de VOX anunciaban que de salir elegidos y formar parte del Gobierno sustituirían la existente Ley de Memoria Histórica de dicha Comunidad por otra basada en los principios de concordia… ¿?

Las protestas no dieron resultado positivo alguno y el BOE publicó-según mantiene Oscar Alzaga – una versión retocada de una orden peculiar, tanto en su formato como en su contenido, que denominaba <<inutilización administrativa>> a la destrucción de archivos e iba firmada por el entonces ministro de la Presidencia José Manuel Otero Novas – abogado del Estado- y presentada a propuesta del ministro del Interior-Rodolfo Martin Villa – y el de Cultura- Pio Cabanillas.

Dicha Orden, salió en el BOE de 13 de enero, firmada por Otero Novas y dirigida a los ministros de Interior y Cultura es la que los lectores pueden consultar directamente -pinchando en el enlace que encabeza este apartado- su amplio texto introductorio, exposición de motivos, y contenido de los tres únicos artículos y que lleva el siguiente largo e   ilustrativo título:

Orden de 18 de diciembre de 1977 sobre inutilización administrativa, archivación reservada y expurgo de los archivos de las Direcciones Generales de Seguridad y Guardia Civil de antecedentes relativos a actividades políticas y sindicales legalmente reconocidas.

Mi vieja relación con Oscar Alzaga

Aunque yo me incorporase a la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid en el curso académico 1962/1963, los dos anteriores los realizé en la de Granada y tuviese por aquellos años una muy activa participación política  en la FUDE (Federación Española de Estudiantes Demócratas) y en el aparato de propaganda clandestino universitario del PCE – Junto a Juan Francisco Plá, su novia y luego esposa Enriqueta Bañón y Fernando López Agudín, quién trabajaba en el Departamento de Apuntes de dicha Facultad, de donde nos surtía del material necesario e indispensable para la actividad de elaborar octavillas, panfletos, y boletines informativos -fundamentalmente el papel y la tinta para la multicopista- a la que llamábamos “La malquerida”, por los constantes traslados y ubicaciones a que estaba sometida- y que yo solía   esconder debajo de mi cama, en un apartamento alquilado, de la calle Eguilaz .

Esa diferencia de dos cursos que me sacaba Oscar Alzaga hizo que no nos conociésemos, aunque participamos conjuntamente de algunas iniciativas adoptadas en nuestra común lucha contra el entonces obligatorio SEU (Sindicato Español Universitario), del que Martin Villa fue jefe y responsable del distrito de Madrid y como tal, capitaneaba a los aguerridos muchachos de la ultraderecha denominada Defensa Universitaria.

En la pugna electoral que tuvo lugar en el curso 1963/1964 para el cargo de Delegado de los estudiantes de la Facultad de Derecho, Oscar Alzaga encabezó la candidatura moderada de la UED, (Unión de Estudiantes Demócratas), de tendencia demócrata cristiana y centrista, que resultó ganadora por muy escasos votos frente a la de Rodrigo Bercovitz, militante entonces del PCE, quién representaba a la izquierda universitaria, organizada en la FUDE en donde convergían independientes, socialistas, felipes-del Frente de Liberación Popular y comunistas, a quién coherentemente voté.

Lo que podría dar lugar a una próxima entrada narrando “mi versión” de lo que ocurrió en aquella época universitaria, no siempre coincidente con la expuesta por Oscar Alzaga, sobredimensionando el protagonismo y activismo de los estudiantes democratacristianos.

Y fue – muchos años después – en febrero del 2012 que acudí al funeral de Ignacio Ruiz Alcain – quién había sido jefe de los Archivos de Presidencia de Gobierno-, con quién trabé una estrecha colaboración en la fase previa de la documentación de la tesis académica, cuando me enteré de su muerte por la esquela publicada en la prensa, de que era cuñado de Oscar Alzaga.

A partir de ese encuentro, consolidamos una franca amistad, en sucesivos encuentros y comidas en el restaurante universitario del antiguo Museo de Arte Moderno y hoy Museo del Traje en la Ciudad Universitaria de Madrid.

A Oscar Alzaga le debo -entre otras personalidades, también citadas en el prólogo de la segunda edición ampliada del libro sobre EL TOP- que ella se llevara a cabo, dada su insistencia y perseverancia, para que la culminara, por lo que mi gratitud hacia él es pública y notoria.

No sería yo quién pusiese duda alguna, en la rotunda afirmación inicial de Oscar Alzaga, sobre la quema de millones de documentos policiales y antecedentes políticos de miembros de la oposición democrática a la dictadura en los inicios de la transición por obra y arte de Martin Villa, a quién una compañera abogada Marity San Nicolas, lo calificaba, como el político que nunca se bajó del coche oficial.

Una simple ojeada en la red, a las múltiples referencias de las diversas presentaciones del libro de Oscar en diferentes entidades y ciudades españolas ponen de manifiesto, que uno de los extremos más destacados  es precisamente el ya anteriormente citado referido del pirómano Martin Villa, así Jose Sanromá en InfoLibre, titulaba  “ Incendiar o elucidar la Transición” , en el Diario.es, Iñigo Saez de Ugarte Martin Villa sabe lo que es borrar la historia, el franquismo que transitó a la democracia y nunca rindió cuenta, en El PAIS, Xosé Hermida, El pasado nunca se quema…

Todo ello me llevó a preguntar muy recientemente a Oscar Alzaga, si por casualidad había tenido una respuesta o contestación directa por parte del “aludido pirómano” y me dijo que no, a pesar de haber coincidido con él en algún acto.

Antecedentes históricos de esa piromanía oficial

En el tema que actualmente me encuentro investigando “ las comisiones militares ejecutivas y permanentes” – institución de procedencia francesa, que utilizaron los invasores del ejército de Napoleón en la represión del pueblo de Madrid en mayo del año 1808 y que después puso en  funcionamiento el rey Borbón Fernando VII, para la persecución de salteadores de caminos y de liberales, entre los materiales y documentación utilizadas, encontré algo que habrá de sorprender a algunos de los investigadores y de los lectores de la historia del siglo XIX español.

En el riguroso trabajo , editado en 1996 por la Xunta, La Real Audiencia de Galicia y Archivo del Reino, Tomo II, cuyo autor es Pedro López Gómez, catedrático hoy ya jubilado de Biblioteconomía y Documentación de la Universidad de La Coruña, cuyo brillante perfil puede ser consultado en la red, después de una introducción clarificadora de los conceptos elementales de lo que son los documentos, sus clases, los fondos y los archivos, realiza una historia pormenorizada de Los documentos de la Real Audiencia de Galicia sus sucesivas agrupaciones y donaciones a través de los tiempos partiendo del siglo XV hasta el XX , que fue la Audiencia Territorial, como sucesora de la anterior.

He localizado unos antecedentes de esas que podríamos denominar “Quemas patrióticas de documentos” referidas a causas y procedimientos incoados en el reinado de Fernando VII, que paso a trasladar, como primicia investigadora a mis pacientes lectores.

En el capítulo 7.4 (La formación del Archivo. Las remesas y los expurgos), pág. 883, se relata, Que el 3 de noviembre de 1820, el regente ordenó se recogieran en el Archivo las causas formadas en el año 1814 a los adictos al sistema constitucional, que se hallaban en poder del difunto escribano don Domingo de la Villa, a quién se le habían entregado bajo inventario firmado por D. José Iriberri, ministro del Tribunal Superior de la Provincia, ya difunto. La Junta Suprema de Gobierno de Galicia había ordenado la recogida de las causas dejadas en la Alacena del Tribunal por el Capitán General D. Felipe Sainz Marcos, que las reunió para remitir a la corte, cosa que nunca hizo. Iriberri y el Comisionado de la Junta realizaron la operación y el inventario de las 7 causas, que estaban sumamente deterioradas por una gotera dentro de la alacena. Muy interesante todas, afectaban a averiguación de conductas de regidores en el periodo constitucional….

En la pag.910, segundo párrafo del apartado 7.4.2. (Los expurgos y otras eliminaciones de documentos) se refiere el citado Pedro López Gómez … a las pérdidas de documentos debida a los expurgos y a las salidas legalmente dispuestas de los mismos. Comienzan aquellas y son características del siglo XIX y están ligadas a la carencia y alto precio del papel y también a la necesidad de eliminar documentos considerados inútiles para el servicio, problemas que continúan agudizados por el franquismo, y que llegan a nuestros días, aunque el riesgo de destrucciones masivas parece que se ha neutralizado.

Continua el pag.910, el relato con el apartado, 7.4.2.2. (Los expurgos y eliminaciones de documentos en la primera mitad del siglo XIX), de los años 1805, 1809, 1813,1823, 1847….

Fue precisamente en el de 1805, primero de los antes mencionados , donde se relata que dada las necesidades de papel para la elaboración de un millón de cartuchos de fusil, se dispuso  de acuerdo con el parecer del Príncipe de la Paz por una Real Orden de la Secretaria de Estado y de Despacho de la Guerra de 17 de enero de 1805, que para ahorrar gastos de papel en la fabricación de esos cartuchos, se ordena la entrega del Archivo de la Real Audiencia las causas de individuos que hayan terminado en suplicios y otras que por su condición de nada sirven en él.

Lo que se ejecutó y llevó a efectos en dicho entre el Consejo de Galicia y la Real Audiencia de La Coruña, delimitando el material que se debería eliminar del Archivo para su remisión a la fábrica de cartuchos (aquellas causas en las que hubiese recaído presidio perpetuo o temporal, arsenales, minas y destierro, terminadas y cumplidas por todos los reos….y en las que hubiese recaído penas menores…los expedientes y pleitos promovidos por particulares interesados  y otros segundo entre partes en materias civiles y de ninguna criminalidad, en los que se hayan tratado derechos personalísimos…sin transcendencia a otras personas o familias…

También los expurgos Nº 2 y Nº 3 de los años 1809 y 1813 estuvieron justificados…  para la construcción de cartuchería de fusil a fin de evitar los embolsos posibles al estado…figurando en el segundo, las causas criminales tramitadas hasta finales del siglo XVIII. En el expurgo Nº 5 de 1823, se llegó hasta las causas sustanciadas y finalizadas antes del 21 de febrero del 1820, que reuniesen las circunstancias anteriormente establecidas.

Así se llega a los expurgos nº 6 y 7 del año 1835-Pags. 912 y 913-, el primero que se prolonga en el tiempo es de carácter rutinario. El otro tiene una significación política.

El Capitán General solicitó al Regente el 12 de junio de 1835 más papel para cumplir las instrucciones del director de la Maestranza de Artillería, de construir 360.000 y pico de cartuchos de fusil del calibre 17 y reemplazar las existencias de este articulo con otros 2.000 para cubrir las atenciones ordinarias de la Capitanía General … El Archivero respondió el 6 de junio de 1835, diciendo que entendía como único papel inútil existente en el Archivo de su cargo el de las causas formadas por opiniones políticas desde 1820 hasta octubre de 1832, por cuanto la Real Orden de 30 de mayo de 1835 se mandan quemar; y también otras causas por infidencia formada con motivo de la invasión francesa de 1808. Ambas compondrían unas 18 arrobas.

El segundo expurgo por motivos políticos, nº 7, de 1835 se produce como consecuencia del R. Decreto de 10 de octubre de 1832 de amnistía dado por la reina Gobernadora, que dio fin a la persecución política de la década en la que funcionó la Junta Secreta, llamada de Estado (durante el reinado de Fernando VII, que dio existencia a los denominados Índices inversos, donde estaban registrados los nombres de millares de españoles condenados a la persecución por meras opiniones. Se dio autorización para quemar los índices y todos los procesos y documentos existentes en la Superintendencia General de Policía y demás secretarias del ramo, hasta la fecha del Decreto. Y posteriormente se autorizó también por R.O. comunicada por el Secretario del Despacho de Gracia y Justicia, 4 de mayo de 1835, la destrucción de causas y sentencias en la que pululaban las delaciones, falsas declaraciones y fallos absurdos, origen de enemistades y venganzas entre familias, así como índices y listas de sociedades secretas, existentes en las dependencias del Gobierno, <<para que absolutamente no quede ni aun rastro de tales extravíos como medio de extinguir recuerdos ominosos, de conciliar los ánimos y preparar la paz, que tanto anhela S.M.>>

El Real Acuerdo se mandó cumplir el día 11 y, en consecuencia, tras el informe de los fiscales, las Escribanías de Cámara formaron relaciones de las causas por delitos políticos desde 1820 hasta 10 de octubre de 1832, así como el Archivo de las que entraron por causa de infidencia, o por otros motivos diferentes, para señalarse las que debían quemarse.

Y en el expediente rubricado -pag.913- << Año 1835. Relación de causas formadas sobre opiniones políticas desde el año 1820, hasta octubre de 1832, que se mandaron quemar en virtud de real orden comunicada al Acuerdo de esta Real Audiencia, el cual la mandó pasar a Sala del Crimen y por esta se acordó su cumplimiento en los términos que resulta de este Expediente. Real Archivo de la Real Audiencia de la Coruña…Se mandaron separar unas cuantas por no ser de infidencia y las demás se condujeron a la Plaza Real, junto a las procedentes de los cuatro Escribanos de Cámara del Crimen (sic) donde se quemaron el día 23 de junio, a las 9 de la mañana. >>

Como podrá apreciarse, en el cuadro que a continuación transcribimos a continuación de la pag.931 de antes referida obra de Pedro López Gómez, de quién por supuesto son también las citas literales de los párrafos anteriores, en <<La relación de expurgos de documentos >>, aparecen en segundo y tercer lugar, dos disposiciones, una Real Orden de 4 de mayo de 1835, comunicada por el Secretario de Despacho de Gracia y Justicia, autorizando la destrucción de causas y sentencias formadas por motivos políticos y otra , Real Orden de 30 de mayo de 1835, mandando quemar las causas por motivos políticos.

Constituyen ambas disposiciones y se corresponden con el Gobierno y reinado de María Cristina de Borbón -viuda y sobrina del fallecido Fernando VII y madre de la que sería próxima reina gobernadora Isabel II.

En la reciente obra del catedrático de Historia Contemporánea de la Universidad Jaume I de Castellón, José Antonio Piqueras, Negreros. Españoles en el tráfico y en las capitales esclavistas, de la Editorial Catarata-2021, se dice, en el capítulo Un desarrollo científico al servicio de su majestad-págs. 221 y stes-

“El 14 de septiembre de 1844, Fernando Muñoz, duque de Riansares, esposo de Maria Cristina de Borbón, la madre de Isabel II y reina gobernadora de 1833 a 1840, constituye en Paris, donde ha transcurrido el exilio de la pareja y su numerosa prole, una sociedad bajo la razón Agustin Muñoz y Cia. El capital asciende a 3,2 millones de reales (160.000 pesos) una pequeña parte del capital acumulado durante la regencia por Maria Cristina que asciende a 138,7 millones de reales según las capitulaciones matrimoniales de ese mismo año de 1844, momento de la legalización de su relación. La sociedad Agustin Muñoz y Cia. declara entre sus fines el fomento de diversas obras de infraestructuras en Cuba (ferrocarriles, acueductos, almacenes en el puerto, etc.). El negocio principal, no declarado, es el comercio de esclavos entre África y Cuba. A partir de los ingresos que representa esta actividad, se invierte en comercio, tres barcos de vapor encargados a astilleros ingleses y financiados por la Banca Zulueta &Co. Y en obras públicas. La escritura la firman Muñoz y Antonio Parejo, el primero en calidad de socio capitalista y el segundo, convertido en testaferro de la reina Maria Cristina de Borbón – según aclara Piqueras, pag.222- compañero de Guardia de Corps de Muñoz, antes de ser Duque de Riansares, que entre 1844 y 1854 se convertiría en el depositario de pagos realizados por la Intendencia de Hacienda de La Habana. De esta manera la inversión de la exregente no requiere de capitales externos, sino que basta únicamente administrar lo que su depositario conserva en Cuba.

Según se decía, en la amplia reseña del libro de Piqueras por la revista de humor Mongolia, en su Sección Realytynews (A partir de aquí, si se ríe es cosa suya) NEGREROS: semilleros de las élites en la España contemporánea. Las fortunas amasadas con la trata de esclavos propulsaron el capitalismo español y perfilaron una nueva clase dominante alrededor de los Borbones que marca todavía el paisaje económico y político dos siglos después.

Para comprobar ello no hay más que ver, “la movida” que ha protagonizado el exrey emérito Juan Carlos I de Borbón y Borbon, viajando en un avión privado desde su actual residencia a la localidad gallega de Sanxenxo para participar, con su yate “Bribón”-regalo de un grupo de agradecidos empresarios españoles.

Como podrá verse, en el cuadro anterior los expurgos siguieron realizándose durante la segunda mitad del siglo XIX -años 1847, 1849-50, 1854, que se creó la Junta de Archivos y primer tercio del XX-1911 …

Pero salvadas las destrucciones casuales, por guerras, sustracciones y el deterioro causado por agentes biológicos como el hongo, insectos comedores de papel y roedores, o con objeto de hacer desaparecer testimonios, de manera más o menos esporádica, también ha habido una destrucción planificada de documentos… ¿? (La interrogante es nuestra).

Alguno de los últimos expurgos del franquismo

Termina el relato histórico López Gómez con los expurgos de papel durante el franquismo -págs. 919 y 920-, en el que destaca las penurias de todo tipo que padeció el país después de la guerra civil de 1936-39, lo que se reflejó también en la escasez, incluso para la fabricación de moneda y aunque recorre, dicho periodo analizando las diversas disposiciones que se dictaron regulando la materia, no hace mención ni referencia a la importante Orden de 19 de diciembre de 1977 del ministro Otero Novas, omisión que resalta por la rigurosidad de la obra y la alta cualificación profesional del autor.

Aunque en el apartado final de las conclusiones sobre Las remesas y los expurgos, se afirma que, en la primera mitad del siglo XX, se dispone que eliminar, concretando los tipos documentales y de que fechas. Y en la segunda mitad, se fijan los principios generales, las reglas específicas y periodos cronológicos en que habrán de efectuarse los expurgos, las formas de destrucción y la obtención de ingresos a partir del subproducto resultante….

Y como párrafo final, en la Pág. 921 en tono un tanto enigmático, se dice…Podemos afirmar la contemporaneidad del planteamiento teórico y las realizaciones prácticas, absolutamente actuales. Se verán frenadas en el primer tercio del siglo XX, en que, durante el franquismo, se repetirán los supuestos de la primera mitad del siglo XIX, abandonando la metodología sistemática de la época inmediatamente anterior, en aras de unas actuaciones casuísticas y con unos intereses puntuales.

Las frases subrayadas en “negritas” encierran un claro antecedente, anteriormente descrito y pormenorizado por el mismo autor, que evidencia, esa práctica “pirómana”, de quema de causas políticas seguidas por las Comisiones Militares Permanentes y Ejecutivas contra masones, liberales y opositores políticos, adoptada por los gobernantes que sucedieron en el poder a la triste época despótica y absolutista del rey Borbón Fernando VII.

Conclusiones

Lamentablemente la Historia de España, muy especialmente la de los dos últimos siglos, es muy desconocida y sigue teniendo muchos agujeros negros y lagunas, sobre todo en temas referidos a las  múltiples Represiones del Estado, como es, la llevada a cabo entre los años 1824 a 1833 de las Comisiones Militares Permanentes y Ejecutivas -institución antecedente y paralela a los Consejos de Guerra- introducidas en España por el Ejército invasor napoleónico e institucionalizada por el Borbón Fernando VII en 1824, para la persecución de bandoleros de caminos y contra liberales constitucionalistas, sus opositores políticos, sentando así un claro antecedente , que fue seguido un siglo después por los dictadores Primo de Rivera y Franco.

Juan José del Águila Torres.

Madrid a 20 de mayo del 2022.

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