Nº 114: La V Asamblea Libre de Estudiantes. Los expedientes disciplinarios sancionatorios derivados. Segunda parte

I.-

Compañera y esposa María Teresa García Rodriguez, por dos razones fundamentales, una, cumplirse en este año, que ya se nos va, el cincuenta aniversario de nuestra vida en común (septiembre de 1971-2021).

Soy plenamente consciente que no es normal, ni habitual, conmemorar este acontecimiento del cincuentenario -algunos lo denominan “bodas de oro-“ lo que en principio fue una “pareja de hecho”- que ya entonces era frecuente- y ya luego una unión civil institucionalizada – ya que tuvimos que esperar para ese contrato civil y ceremonia laica, ante un juez municipal- que por cierto estuvo y se comportó de forma desagradable y agresivo con sus continuas llamadas a los familiares y amigos que concurrían al acto “con que guardasen sala”-, que la Iglesia se pronunciara sobre la nulidad de mi anterior matrimonio canónico, con una entrada al blog “revival” compartiendo una experiencia de nuestra juventud universitaria militante.

Y la segunda, por haber conservado Mayte, práctica lamentablemente poco usual, toda la documentación referida a su expediente disciplinario académico y a la multa gubernativa de seis mil pesetas  que se le impuso, también de la sorprendente carta remitida por dicho Rector a su padre (enlace al expediente completo), ya que fue ella una de las cuarenta y siete universitarios sancionados con la expulsión del distrito universitario de Madrid, por haber participado en la V Asamblea Libre de Estudiantes el 10 de diciembre de 1965, en la nueva Facultad de Ciencias Económicas, Políticas y Comerciales, de la UCM, aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

María Teresa García Rodríguez. La belleza y dulzura personificada. Foto de Carlos Fernández. s/f

II.-Lista oficial en papel timbrado del rectorado de 10 de enero de 1966, en la que figuran por orden alfabético los nombres y apellidos de los cuarenta y siete universitarios sancionados por el rector Enrique Gutiérrez Ríos a no poder continuar sus estudios en el distrito universitario de la UCM, por haber participado en la V Asamblea Libre de Estudiantes de Madrid, celebrada el 10 de diciembre de 1965

Continuamos la exposición de esta entrada extraordinaria al blog, con la reproducción integra y literal del documento hasta ahora inédito, cuya original obra en el Archivo de la Universidad Complutense de Madrid, con la relación completa de nombres y apellidos de los cuarenta y siete universitarios expedientados, sancionados y obligados a dejar el distrito universitario de Madrid, aunque se nos permitió conservar la matricula y poder matricularnos en cualquier otra universidad de España.

Sanción individual y colectiva que permitió, extender cuantitativa y cualitativamente el movimiento de oposición universitaria a las APES (Asociaciones Profesionales de Estudiantes), entes creados, a espaldas de los estudiantes a finales del curso 1964/65 para sustituir al desprestigiado SEU (Sindicato Español Universitario) y contra la Dictadura, a otros distritos y universidades de “provincias”.

Con ello cumplimos, una vez más, con uno de los objetivos iniciales y fundamentales de este blog, dar a conocer a los lectores en general y en particular, a los investigadores e historiadores profesionales, documentos que hasta la fecha por diversas razones permanecían inéditos y por otra parte, damos también visibilidad – poniendo nombres y apellidos, a los estudiantes represaliados en Madrid en el curso 1965/66, que forman parte, con los de generaciones universitarias anteriores (1947) y posteriores ( 1967-1977) a dicha fecha, de esa inmensa multitud de “victimas” silenciadas, para lo que añadiremos otra entrada sobre los orígenes de la FUDE en la Facultad de Derecho y del distrito universitario madrileño y su importante papel en los inicios y consolidación de la lucha en contra de los últimos años del SEU y las APE.

Pero también, se pretende dar visibilidad a las autoridades académicas represoras Rectores, Decanos, Catedráticos  y Profesores que se opusieron , abriendo expedientes sancionadores y expulsando de la Universidad a cientos de estudiantes, que lucharon  para conseguir un sindicato democrático, representativo y autónomo con los medios que tenían a su alcance, también permitiendo y autorizando, la estancia y permanencia de la Policía Gubernativa, de forma continua y permanente en los recintos y centros universitarios, conculcando con ello, costumbres y prácticas respetadas durante siglos.

Dicha lista de los cuarenta y siete de la V Asamblea Libre de Estudiantes de Madrid se complementa con las otras dos listas a las que nos referiremos a continuación.

La lista de 47 expedientados- y la restante documentación del expediente disciplinario colectivo, me fue facilitada en el Archivo General de la Universidad Complutense de M. (Signatura: OM-812)

III.-Las otras dos listasAdemás de la anteriormente transcrita, existe también en papel timbrado del Rectorado, una segunda, bajo el siguiente título: Relación de alumnos sancionados, previo expediente en este distrito un universitario, en el curso académico 1965-1966:

Puede consultarse pinchando en el anterior enlace, que contiene a continuación una relación por Facultades, en las que figuran los nombres y apellidos de los respectivos alumnos expedientados en cada una de ellas y la sanción impuesta, durante el transcurso 1965/66, según siguiente desglose, que suman un total de 62.

Facultad de Filosofía Y Letras…………………………………10……………Expulsión del Distrito.

Facultad de Ciencias……………………………………………….3……………Expulsión del Distrito.

Facultad de Derecho………………………………………………13………………Expulsión del Distrito.

Facultad de Medicina …………………………………………….4………………Expulsión del Distrito.

Facultad de Ciencias Políticas-Sección Económicas…25………………Expulsión del Distrito.

Facultad de Ciencias Políticas-Sección de Políticas……7……………Expulsión del Distrito,

durante dos cursos académicos y privación total de los beneficios de protección escolar.

Los 15 de diferencia entre los 47 y los 62 se deben a expedientados anteriores a los que fuimos el 10 de diciembre de 1965.

También se me facilitó copia de una tercera lista- de cuatro folios en papel sin timbrar del Rectorado, que ha de suponerse elaborada por la Brigada Político Social,

ya que fue ella, la que recogió los DNI de los 232 universitarios que figuran en ella, por orden alfabético con sus respectivos apellidos y nombres, curso y la Facultad a la que pertenecían

La existencia de esas tres listas, pone de manifiesto varias cuestiones, primera, que hubo de hacerse -por las autoridades académicas -rector Enrique Gutiérrez Ríos- y Comisario Jefe de la Brigada Político Social-Saturnino Yagüe-, una más que aleatoria y arbitraria selección, para escoger entre los doscientas treinta y dos a los que se nos retiró el DNI los cuarenta y siete expedientados, a los que se debería sancionar y prohibir la continuación de sus estudios en el distrito universitario de Madrid y a quienes también se les impuso multas gubernativas a 21 de ellos, por un importe total de 180.000 pesetas, cuyo impago llevaba automáticamente a la prisión. También hubo casos de alumnos detenidos allí mismo y trasladados a la DGS, donde después de tomarle declaración fueron puestos en libertad ese mismo día, como así sucedió con el autor de este blog.

En segundo lugar, en la tramitación y resolución de dichos masivos expedientes académicos disciplinarios y las multas gubernativas, se ejecutaban y ponían en práctica, la reformas legislativas en el Reglamento disciplinario universitario adoptadas en el verano del 1965, así como, las medidas policiales y extra policiales, propuestas en la reunión de miembros de la Brigada Político Social, que tuvo lugar en septiembre de 1965, a las que hemos hecho referencia en la primera parte de esta entrada.

Por último y en tercer lugar, en la Pág. 28  del ABC, Edición de Andalucía, del martes 11 de enero de 1966, día siguiente al que se notificaron las sanciones a los cuarenta y siete expedientados – apareció publicada una nota remitida por el Gabinete de Información y Prensa de la Universidad de Madrid, en la que, como era habitual se tergiversaban los hechos y los motivos reales de la celebración de la V Asamblea de Estudiantes Libres de Madrid, siguiendo con ello, la octava de las medidas extrapoliciales descritas anteriormente (Que por los medios informativos se desprestigie cualquier algarada estudiantil, realizando tal labor a nivel universitario), pero que introducía una pauta interpretativa, del porqué si habían sido 232 expedientados tan solo se sancionaban a cuarenta y siete y ello se justificaba en los siguientes términos:

“El rector ordenó inmediatamente abrir una información sobre cada uno de los estudiantes que tomaron parte en aquellos actos. Acabada dicha información con audiencia de los interesados ha quedado patente que los 231 (en la lista anteriormente transcrita eran 232) alumnos implicados son causantes por su actitud de alteraciones de la normalidad académica, lo cual estás sancionado en las disposiciones vigentes con la prohibición de continuar los estudios en los centros docentes del Distrito de Madrid.

Sin embargo, dicha información ha puesto también de manifiesto la existencia de distinto grado de responsabilidad en dichos alumnos, especialmente por lo que se refiere a la mayoría, que había observado hasta entonces una conducta correcta en el plano académico y otros que acaban de iniciar sus estudios universitarios.

El rectorado ha estimado como circunstancias favorables las indicadas y en consecuencia ha resuelto no aplicar a éstos medida antes indicada. Por el contrario, a cuarenta y siete alumnos, en los que no se dan tales circunstancias favorables, se les ha privado de continuar sus estudios en el Distrito Universitario de Madrid. Estos podrán solicitar el traslado a otro Distrito, conservando la validez de la matrícula que tuvieran formalizadas.

El Rectorado considera conveniente advertir que está decidido a adoptar las medidas necesarias para evitar actos violentos: agresiones personales, coacciones, amenazas y daños materiales, en los edificios o cualquiera de otra clase de delitos comunes que caen también en la esfera de la jurisdicción ordinaria.”

Como luego habrá ocasión de aclarar, ninguno de los expedientados conocidos, tuvimos noticias de esos supuestos “actos violentos”, que de haber sido ciertos, correspondería a las autoridades académicas Rectorado y Decanato, el esclarecimiento de los mismos e imputar la responsabilidad de forma y manera individualizada a los autores materiales de esos repudiables hechos, pero extender colectivamente esa responsabilidad a los que decidimos asistir y permanecer pacíficamente en un recinto universitario, precisamente en el  aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, era una forma de demostrar que la Dictadura Franquista no sólo no los reconocia, sino que se mofaba de ellos en el día del aniversario de su promulgación.

No deja de ser llamativo, que durante la dictadura era muy frecuente utilizar que “los desafectos” empleaban siempre la violencia en su forma de actuar y comportarse, lo que habilitaba y justificaba el recurso a las fuerzas de la policía armada y de la brigada político social, para legitimar dichas actuaciones, logrando de ese modo, situar las legítimas reivindicaciones de derechos y libertades “en conflictos abiertos del orden público”.

IV.-La tramitación del expediente disciplinario a María Teresa García Rodriguez

El 11 de septiembre de 1965, día siguiente a la celebración de la V Asamblea Libre de Estudiantes, Mayte recibía en el domicilio familiar -un pliego de cargos, cuyo formato y contenido era idéntico para los cuarenta y siete expedientados- que se reproduce a continuación.

 

Puedo asegurar categóricamente y creo tener suficientes razones de peso, la primera y fundamental la de haber sido testigo presencial de los hechos ocurridos en la mañana de ese día 10 de diciembre de 1965 en el aula Magna de la nueva Facultad de Ciencias Políticas, Económicas y Comerciales-hoy Facultad de Historia-, de que Mayte fuese autora de ninguno de los tres cargos que se le imputaban – no penetró violentamente en dicho centro por una de sus ventanas, ni rompió ninguna luna de cristal del edificio, ni abrió con violencia la puerta del Aula Magna, ni tampoco participase en una reunión no autorizada, ni desobedeció ningún requerimiento formal para que desalojase u orden para el abandono, ya que desde hacía algún tiempo, los universitarios madrileños  habíamos conquistado de hecho, el derecho a reunirnos libremente en asambleas y no necesitábamos pedir permiso ni autorización alguna de las autoridades académicas, ni de la policía, cuya legitimidad estaba más que cuestionada, por ser y formar parte del aparato represivo de la dictadura franquista.

En segundo lugar, ya por entonces se estudiaba en la Facultad de Derecho las dos asignaturas de Derecho Administrativo – con los Apuntes de García de Enterría-, que el régimen disciplinario y sancionatorio administrativo y el universitario era uno de ellos, tenía que fundamentarse en determinadas formalidades legales que establecía la propia Ley de Procedimiento Administrativo vigente desde 1958, en sus artículos 135 (obligación de previa notificación de quién era el secretario del expediente que se instruye), el art.º 43.1º (estableció que los actos administrativos habían de ser motivados e individualizados, con referencia a hechos y fundamentos de derecho, cuando se adoptaban decisiones administrativas que limitaban los derechos subjetivos….).

El pliego de cargos adolecía de una muy imperfecta e incompleta narración de los hechos y carecía de fundamentación legal y jurídica alguna, por lo que de acuerdo con el artº.47 de la antes referida Ley era un acto nulo de pleno derecho y contenía en su apartado último, una prohibición expresa  de entrar a los centros docentes del distrito, de carácter absolutamente discrecional y arbitrario de la autoridad académica, ya que ni tan siquiera se había sido oída en el expediente al sujeto pasivo del mismo.

Además, el texto del pliego de cargos era igual con idénticos tres cargos para los cuarenta y siete universitarios, lo que era una forma de reconocer la imposibilidad material de que ese elevado número de personas hubiesen actuado al mismo tiempo, haciendo las mismos hechos imputados – entrar por la ventana, romper cristales y forzarla puerta de entrada al Aula Magna…- relato que por sí solo conducía al absurdo, las bases del presupuesto fáctico de las tres imputaciones.

Todo ello, ocasionaba una muy real situación de indefensión a los universitarios expedientados, que vieron como sus razonables argumentos, contenidos en los posteriores pliegos de descargo y recursos de alzada eran desestimados de plano, como pueden observarse en los escritos de descargo y Recurso de Alzada que se interpusieron en el expediente disciplinario completo de María Teresa García.

Fotos de Mayte en su etapa universitaria s/f

V.-Multa gubernativa a María Teresa García Rodriguez de 6.000 Pts.

Además de dicho expediente disciplinario y la correspondiente sanción de expulsión del distrito universitario de Madrid, el 24 de diciembre de 1965 – día de Navidad- recibió la notificación por escrito de una multa gubernativa de 6.000 pts., impuesta  por parte del Ministerio de la Gobernación -Dirección General de Seguridad- la Jefatura Superior de Policía de fecha del 23, por infracción de la Ley de Orden Público, en la que se imputaba …haber sido detenida el día 10 de los corrientes por hallarse en un local donde se celebraba una reunión, no sólo sin permiso de las Autoridades competentes, sino contraviniendo órdenes expresas de las mismas para su prohibición y que motivó la intervención de la Fuerza Pública, que también fue desobedecida al ser requerida para que desalojara el local; identificada como persona que ha intervenido de forma activa y reincidente en actuaciones de esta misma naturaleza…

 

 

Dicha multa gubernativa , además de vulnerar el principio general de los procedimientos disciplinarios de “ non bis in ídem” – no sancionar dos veces por un mismo hecho-constituyó una prueba más de la arbitrariedad y discrecionalidad , con la que solía actuar la autoridad gubernativa, avalando versión absolutamente parcial y unilateral de la Brigada político social sobre los hechos ocurridos, que por sí sola , significaba una discriminación más, respecto al resto de los expedientados, ya que fue esa multa , según recoge José Alvarez Cobela -Pag.130-, fue una de los veinte y seis que se impusieron en dicha ocasión, sumando todas ellas  un importe total de 180.000 Pts.

Cantidad individual y colectiva, muy elevada para aquella época, ya que el salario mínimo mensual era entonces de 1.8oo Pts. y diario de 60 Pts. En este tema del importe de las multas también se siguieron “las instrucciones y medidas policiales” acordadas en la reunión de septiembre de 1965 de miembros afectos a las brigadas del policía político social de los distritos universitarios.

VI.-Insólita carta del rector Enrique Gutiérrez Ríos al padre de Mayte

Por último, como anécdota significativa, se transcribe a continuación la carta remitida con fecha 11 de enero de 1966-fecha de la Resolución del expediente disciplinario individual y colectivo, por el que se imponía la sanción de privación de continuar sus estudios en el distrito universitario de Madrid.

Lo que en la práctica significaba “una carga económica”, que recaía directamente en las familias de los expedientados con domicilio en Madrid, ya que tenían que asumir el coste económico del traslado de residencia y su mantenimiento en otra ciudad, por el tiempo que restase para acabar sus estudios.

De ahí que, en el segundo Otrosí del Recurso de Alzada que se interpuso contra la Resolución del ministro de Educación confirmando la sanción impuesta por el Rector de la UCM-pág. 4 del Documento N.º 5, del expediente de Mayte-se hiciese constar expresamente : Que a los efectos que previene el art.º 43 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, en relación con los artículos 1902 y 1903 del Código Civil, interesa puedan acreditarse  en el expediente, como hecho nuevo, los daños materiales, evaluables económicamente, que supone el traslado de la interesada a otra localidad del territorio español, fuera de su Domicio habitual….

Hay que agradecer aquí, al ya fallecido (22/06/2021) Leopoldo Torres Boursault, quién en aquellas fechas en su primer despacho de abogado, en la calle Serrano 57, asesoró legalmente a un grupo de los estudiantes expedientados, entre los que se encontraban Mayte y Manuela Carmena, quienes nos pasaban al resto de expedientados los escritos por él redactados, para que los trascribiéramos.

VII.-Razones y circunstancias que concurrieron para la celebración de la V Asamblea Libre de Estudiantes el 10 de diciembre de 1965

Come ya preveían las autoridades académicas y policiales – por las medidas adoptadas en el verano de ese año, -que han sido analizadas en la primera parte de esta entrada- el inicio del curso académico 1965/1966, habría de ser más que problemático, dado que, los estudiantes universitarios habíamos conseguido tras varios años de luchas y movilizaciones que casi desapareciese el SEU, como sindicato único y obligatorio de todos los universitarios y el Gobierno y el Ministro de Educación Lora Tamayo, habían creado legalmente  “ex novo” unas Asociaciones Profesionales de Estudiantes (las llamadas APES) que deberían haber empezado a funcionar e institucionalizarse en los comienzos de ese curso.

Dado el carácter oficialista y tecnocrático, con el que estaban reguladas las mismas y el control obligatorio por parte de las autoridades académicas Rectores y Decanos, los estudiantes universitarios de toda España las rechazamos y boicoteamos en las correspondientes votaciones, pese a que la participación era obligatoria e intentamos realizar elecciones libres, comenzaron a realizarse expedientes disciplinarios.

Aquí en Madrid, según José Alvarez Cobelas, sumaban el 7 de diciembre diez y siete, repartidos entre las Facultades de Derecho, Ciencia, Filosofía y Económicas. Al mismo tiempo en el distrito de Barcelona, que se encontraba en plena efervescencia y los alumnos exigían la constitución de un sindicato democrático de estudiantes autónomo, en una carta dirigida al rector con varios miles de firmas y después de múltiples manifestaciones y asambleas reivindicativas, se cerró la Universidad el 13 de diciembre.

La respuesta de los estudiantes de Madrid fue convocar la llamada V Asamblea Libre de Estudiantes en la nueva Facultad de Ciencias Económicas, a la que acudieron unos 2.000 estudiantes.

A continuación transcribimos párrafos del Llamamiento de la V Asamblea Libre de la Universidad de Madrid, documento publicado en el número extraordinario de la revista Materiales, coordinado por Fernández Buey, publicado en 1977, donde se calificaba de “vergonzosos acontecimientos “los ocurridos el viernes día 10 de diciembre.

El 7 de diciembre nos solidarizamos con los compañeros de Barcelona y aprobamos crear un Sindicato similar al que pedían. Posteriormente nos manifestamos y fuimos reprimidos duramente por la Policía Armada -los grises-.

En días sucesivos continuaron las sesiones de la V Asamblea – con intentos de intimidación a algunos bedeles acusados de confidentes – y ratificamos los cinco puntos de la IV Asamblea, que tuvo lugar el 20 de febrero de 1965, en el vestíbulo de Filosofía y Letras:  Libertad sindical, amnistía general, libertad de expresión docente y discente, solidaridad con los trabajadores españoles y designar el día 2 de marzo como el Dia del Estudiante.

Después de la información recibida en días anteriores, habló un estudiante de Barcelona sobre las represiones allí ocurridas y los numerosos expedientes disciplinarios abiertos, también habló uno de los detenidos que relató los malos tratos sufridos durante su estancia en la DGS, y se informó de la dimisión del profesor adjunto de Aranguren y Eloy Terrón.

Por todo ello, la Asamblea decidió llevar a cabo un encierro voluntario de 24 horas en señal de protesta, quedando en el paraninfo unos doscientos cincuenta estudiantes, que se dividieron en comisiones con el objeto de redactar varios documentos dirigidos al rector, catedráticos y a la opinión pública.

De inmediato se presentó el oficial Mayor que leyó un comunicado del Rector, dando 10 minutos para el desalojo y antes de transcurrido ese perentorio plazo, se presentaron abundantes miembros de las fuerzas de seguridad -policía armada y de la brigada político social- que procedieron violentamente contra los allí reunidos, que se habían sentado en los primeros bancos unidos por sus brazos, cantando el <<Gaudeamus igitur>> y coreando << Queremos dialogar>>.

Los primeros estudiantes son arrastrados hacia la salida, pero en vista de la resistencia que ofrecíamos, el comandante de la fuerza pública y el jefe de la Brigada Político Social, Saturnino Yagüe, ordenaron cargar, a través del megáfono con que había ido dirigiendo la operación, la sala se desalojó a empellones y golpes de porra.

En el momento, en que los presentes se encontraban cercados en el pasillo central, uno de ellos, volviéndose a sus compañeros, recordó en alta voz que ese día se celebraba el aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en medio de un absoluto silencio, comenzó a leer los artículos hasta que le obligaron a salir.

La Policía tomó la filiación de todos los que se encontraban allí dentro, retirando el carné de identidad y el de escuela o Facultad, con los que se elaboró la tercera lista de los 232 estudiantes.

VIII.-Materiales para la construcción de esta entrada

Afortunadamente, además de toda la documentación referida a dichos expedientes disciplinarios de Mayte y el mío, también los de Manuela Carmena, Elena Saíz de Bujanda, que me proporcionó su hermano Javier- expedientado en la anterior IV Asamblea Libre y para el relato de los hechos tal y cómo ocurrieron, he utilizado, varias obras referidas a la lucha del movimiento universitario, básicamente la de José Alvarez Cobelas, Envenenados de cuerpo y alma. La oposición universitaria al franquismo en Madrid (1939-1970), a quién deseo agradecer las informaciones suplementarias telefónicas y Documentos del Movimiento Universitario bajo el franquismo, en su extraordinario n º 1 de la Revista Materiales (1977), edición coordinada y dirigida por Francisco Fernández Buey, en la que se integran varios documentos realizados directamente por los estudiantes que participaron en esa V Asamblea Libre de Estudiantes de Madrid.

También y procedente del Archivo de la Universidad Complutense de Madrid, una vez superado los plazos legalmente establecidos he podido obtener las relaciones completas de estudiantes detenidos y expedientados por su participación y asistencia a la V Asamblea Libre de Estudiantes, así como otra serie de documentos relacionados con la represión del Juzgado Especial Instructor para asuntos universitarios, que tuvo lugar en un breve periodo, pero intensa actividad en curso 1967/1968, del que di cumplida cuenta en la segunda edición ampliada del libro sobre EL TOP.

NOTA IMPORTANTE

Para no alargar excesivamente esta segunda parte de la entrada al blog, anunciamos que la serie comprenderá dos entradas más, tercera y cuarta, que serán publicadas en enero del próximo año, ambas tienen el carácter de información complementaria , que versaran sobre la creación en Madrid de la FUDE (FEDERACION UNIVERSITARIA DEMOCRATICA DE ESTUDIANTES) y su importancia en el movimiento universitario de oposición al SEU y al franquismo en la Facultad de Derecho del distrito de Madrid , junto a la historia de las cuatro primeras Asambleas Libres de Estudiantes de Madrid, y las consecuencias que tuvo la llegada a la Universidad de Valencia un numeroso grupo de universitarios de los cuarenta y siete expedientados. Javier Sainz Moreno y Jose María Elizalde serán los autores de estas, ambos compañeros de la Facultad de Derecho de Madrid y testigos directos de dichos acontecimientos, el segundo también expedientado y procesado por el TOP y dirigente en Valencia del movimiento universitario, que llevó a cabo la reunión coordinatoria y el Primer Congreso de Estudiantes libres de España en el curso académico 1966/1967.

OBITUARIOS

A punto de cerrar, nos llegan dos tristes noticias de las muertes del abogado asturiano Luis Meléndez de Luarca, quién militaba en el frente de barrios del grupo de abogados comunistas de Madrid, quién afortunadamente para él llegó tarde a la reunión del despacho de la calle de Atocha 55 del 24 de enero de 1977 y se cruzó en la escalera cuando subía, con los asesinos que bajaban. Llamó al timbre, le abrió con dificultades Alejandro Ruiz Huerta y al ver el trágico y desolador panorama, que mostraba la sala de espera salió corriendo para pedir ayuda y al primero que llamó por teléfono fue a Antonio Rato Rodriguez de Moldes para decirle que habían puesto una bomba en el despacho de Atocha 55.

También ha fallecido Joaquín Navarro, el líder sindical del transporte de viajeros de CCOO a quién teóricamente dijeron que buscaban los asesinos para darle” un escarmiento”, por su reciente papel en la huelga que hubo en Madrid, antes de esa fecha.

Mis más sinceros y sentidos pésames a las respectivas familias y amistades. El próximo 24 de enero los recordaremos a los dos, junto al resto de los que por fortuna nos convertimos, a partir de aquella lejana fecha, como suele decir Alejandro Ruiz Huerta en “sobrevivientes”.

Madrid a 24 de diciembre de 2021.

Juan José del Águila Torres.

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