Imagen de Diego Córdoba Gracia

Nº 13: El pacto de silencio sobre Diego Córdoba Gracia

Sinopsis - Abstract

Diego Cordoba Gracia, fallecido recientemente, fue un personaje relevante del Tribunal de Orden Público, aunque El Pais quiera ocultarlo.

Continuación del artículo ‘Sobre Juan Luis Cebrián, Diego Córdoba Gracia y Pablo Iglesias’.

Un torpe intento de ocultar la historia

Como continuación a la anterior entrada del uno de junio del 2017, ‘Sobre Juan Luis Cebrián, Diego Córdoba Gracia y Pablo Iglesias‘, quiero poner de manifiesto la estrecha relación existente entre el tratamiento dado por el diario El PAIS a la noticia publicada del fallecimiento de su jefe de la Asesoría Jurídica, Diego Córdoba Gracia, omitiendo referencia alguna a su pasado como titular del Juzgado de Orden Publico, órgano de la represión política de la dictadura franquista, como una flagrante  vulneración por el diario EL PAIS  de sus normas internas:  libro de estilo y el estatuto de la redacción, así como una expresa manifestación del Pacto de Silencio de la tácita y supuesta modélica transición.

Sobre Juan Luis Cebrián, Diego Córdoba Gracia y Pablo Iglesias

Teóricamente según dispone el Art. 1.9 del Manual o Libro de Estilo del diario EL PAIS en su cuarta edición mayo de 1990  El derecho a la información es sobre todo del lector, no del periodista… de esta especie de mantra de dicho medio, se dice en otro lugar, que son normas de obligado cumplimiento para todos los redactores de EL PAIS con la recomendación estricta a los colaboradores de que procuren atenerse a las mismas…

Carátula del DVD, Memorias de la Fiscalía General del Estado 1883-2012
Carátula del DVD, Memorias de la Fiscalía General del Estado 1883-2012.Editada por la Secretaría General Técnica del Ministerio de Justicia en coordinación con la Unidad de Apoyo de la Fiscalía General del Estado. Publicaciones Oficiales del B OE. Madrid 2012.

Pues bien dicho postulado fundamental en defensa de la independencia que debe tener el doble carácter de deber de informar y derecho a ser informado se ha vulnerado por dicho diario en múltiples ocasiones y de las que en tres supuestos concretos en relación con noticias o acontecimientos en los que  dicho medio hurtó deliberadamente la debida información a sus lectores tengo  la debida constancia personal y además pueden ser probados, que curiosamente todas ellos en relación con el funcionamiento de dicha Jurisdicción Especial de Orden Publico durante el franquismo que son:

  • El tratamiento que dio el diario del fallecimiento del ex juez del Juzgado de Orden Publico Diego Córdoba Gracia, en la página 42 del sábado 19 de marzo del 2005.
  • Carta del autor de este blog al Director del diario EL PAIS de 14.06.2014 en la que se calificaba de olvido u omisión de la información a los ciudadanos contenida en un artículo de Rafael Fraguas ‘La Justicia abre sus puertas’ sobre el llamado Palacio de las Salesas, sede del Tribunal Supremo, bajo el lema La casa de tus derechos. 
  • Y por último, la deliberada omisión en la publicación de noticia o referencia alguna respecto a la presentación del libro EL TOP, La represión de la Libertad (1963-1977) en la sede del Colegio de Abogados de Madrid el 27 de noviembre del 2001, pese a que en dicho acto estuvieron presentes tres destacados periodistas de EL PAIS.

Por razones de la trazada hoja de ruta de este blog hoy solo trataremos de las dos primeras, reservándonos la tercera para cuando iniciemos la serie correspondiente a las vicisitudes de la elaboración de la inicial tesis académica y posterior publicación del libro sobre el TOP.

Deceso de Diego Córdoba Gracia

Necrológica de Diego Córdoba
Necrológica de Diego Córdoba

Diego Córdoba Gracia falleció el 17 de marzo de 2005 a la edad de 75 años y el diario El PAIS le dedicó una página completa-la 42- del sábado 19 de marzo del 2005 a su necrológica, en la que se integraban, además del recordatorio de los compañeros y amigos del Grupo Prisa, tres artículos, el primero que se supone de la dirección del periódico bajo el titulo Diego Córdoba, asesor del Grupo Prisa, que se ha reproducido en su literalidad, en el que se observará que en el perfil profesional del fallecido, la fecha nacimiento, el  ingreso en la carrera judicial en 1957 desempeñando el cargo de juez durante diez y siete años , sin especificar como hubiera sido lo lógico, habitual y deseable de  los diferentes Juzgados en los que prestó sus servicios, no habrá de olvidarse que se trataba de un “servidor público” de los que siempre conviene tener debida constancia para seguir su rastro vital y profesional, exigencia mínima en todo Estado de Derecho y con mucha mayor razón para todos aquellos funcionarios  que desempeñaron actividades represivas en el aparato policial y jurídico de la dictadura franquista, precisamente para destacar su inserción nada traumática en el nuevo modelo de Estado Democrático y consecuente asunción que se ha de presumir  libre y voluntaria de los nuevos principios y valores constitucionales, entre los que cabe destacar las libertades y derechos que anteriormente no sólo se negaron, sino que se persiguió a los que defendían su restablecimiento.

Se añadía que fue asesor jurídico del diario El PAIS desde año 1976 y que se dedicó en exclusiva a la dirección de la asesoría jurídica del grupo PRISA, información algo sesgada y parcial, ya que no se  indicaba  la fecha concreta de su reincorporación en dicho año -en el mes de mayo- y que la misma había estado precedida de la petición de excedencia en su carrera judicial en el cargo y función jurisdiccional como juez titular del Juzgado de Orden Público nº 2 desde su incorporación en septiembre de 1972.

A continuación figura, bajo el título ‘Diego’, otro artículo del compañero abogado, directivo del diario y del grupo PRISA José María Aranaz, de carácter intimista y cariñoso en los términos y contenido para el fallecido y su familia, dos de los hijos del fallecido son actualmente magistrados y el tercero ingeniero, aunque quizás se pasase algo en el halago, al calificarlo de maestro y referencia de todos los abogados que trabajaron para ese diario y grupo. Tampoco contiene referencia alguna al abandono de su función jurisdiccional en el momento preciso de la creación del diario EL PAIS.

Artículo de Jose María Aranaz sobre Diego Córdoba
Artículo de Jose María Aranaz sobre Diego Córdoba

Por último un tercer articulo bajo el titulo Magistrado y Abogado, que firmaba Antonio González Cuellar García, fiscal excedente, ex Vocal del Consejo General del Poder Judicial y abogado.

Carta de Cristino García
Carta de Cristino García

Antonio Gonzalez Cuellar y Diego Córdoba Gracia

Compañero desde la carrera fiscal de Diego Córdoba, en Callosa de  Ensarría (Alicante), posteriormente en la Audiencia Provincial de Cuenca y al final coincidieron en la Administración de Justicia Madrileña, sin especificar  cuándo fue el momento y cuál fue el destino concreto en el que prestaron sus servicios  jurisdiccionales en la capital, pero resaltando que compartieron magníficos momentos personales y profesionales. Destacaba el trabajo   que realizó el fallecido en los inicios de la democracia, en los que la libertad de prensa constituía un reto y él no se quedó al margen colaborando con las fuerzas que la propiciaron  y con los medios que la hicieron posible, elaborando a través de su experiencia profesional en el diario un sólido cuerpo doctrinal sobre dicha materia, valorando encomiásticamente  las defensas del diario EL PAIS y del grupo Prisa ante los ataques al pluralismo ideológico sufridos desde el poder  y los ataques padecidos al intentar suprimirse la discrepancia a través del derecho penal fracasaron  gracias a su labor asesora.

Tampoco estaría de más resaltar para información de los lectores de este blog, que en el cuadro Nº 29 de mi obra sobre el TOP –pag.287-, donde figura una relación completa de los Magistrados, Jueces y Fiscales servidores de la Jurisdicción de Orden Publico , aparece como uno de los primeros fiscales de dicha Jurisdicción Especial-desde febrero de 1964 a diciembre de 1965- el nombre de Antonio González Cuellar, del que suponemos alguna vinculación familiar directa con el autor de esa semblanza.

En definitiva las tres semblanzas publicadas en la misma página necrológica del que fue primero Juez Titular del Juzgado de Orden Publico Nº 2 desde septiembre de 1972 a mayo de 1976 y a partir de esa fecha,  tras solicitar excedencia en su actividad jurisdiccional comenzar como asesor jurídico del diario EL PAIS y del grupo PRISA coincidieron en omitir ese primer  dato esencial para conocer su trayectoria personal y profesional del finado, con lo que, además de violar el principio de que son los lectores los propietarios últimos de la información y los periodistas los mediadores entre aquellos y ésta , se conculcan igualmente el 3.2 del Estatuto de la Redacción que dice: El PAIS  se esfuerza por presentar diariamente una información veraz lo más completa posible, interesante, actual y de alta calidad, de manera que ayude al lector a entender la realidad y a formarse su propio criterio….y  el 3.3…Esta independencia y la no manipulación de las noticias son una garantía para  los derechos de los lectores, cuya salvaguardia constituye la razón última del trabajo de redacción.

El segundo supuesto al que nos referíamos de hurtar la debida información a los lectores concretos y ciudadanos en general, partió de un artículo del periodista Rafael Fraguas publicado el 12 de junio del 2014 en el diario EL PAIS acerca de la celebración de una jornadas de puertas abiertas para los ciudadanos en la sede del Tribunal Supremo donde se decía , que a partir de 1924 albergaba toda la Administración de Justicia, las Audiencias a escala Provincial y Territorial, los calabozos, la Fiscalía, el Colegio de Abogados y el Tribunal Supremo, lo que motivó una carta dirigida al Director del diario de EL PAIS dos días más tarde, mediante correo electrónico, documentos que se reproducen a continuación.

Artículo de Gomez-Cuellar sobre Diego Córdoba

El segundo supuesto al que nos referíamos de hurtar la debida información a los lectores concretos y ciudadanos en general, partió de un artículo del periodista Rafael Fraguas publicado el 12 de junio del 2014 en el diario EL PAIS acerca de la celebración de una jornadas de puertas abiertas para los ciudadanos en la sede del Tribunal Supremo donde se decía , que a partir de 1924 albergaba toda la Administración de Justicia, las Audiencias a escala Provincial y Territorial, los calabozos, la Fiscalía, el Colegio de Abogados y el Tribunal Supremo, lo que motivó una carta dirigida al Director del diario de EL PAIS dos días más tarde, mediante correo electrónico, documentos que se reproducen a continuación.

Mensaje al director de El Pais
Mensaje al director de El Pais

De la que no se tuvo respuesta alguna, poniéndose de manifiesto una vez más, que determinadas informaciones veraces y contrastadas en múltiples fuentes documentales de fácil acceso, sobre el papel y función inicial de la sede del Tribunal Supremo tras la victoria de los militares insurgentes que se sublevaron el 18 de julio de 1936 y su entrada en Madrid tras finalizar oficialmente la cruenta guerra civil a principios de abril de 1939, donde se instaló la Auditoria de Guerra del autodenominado Ejército de Ocupación y se comenzó a celebrar miles de consejos de guerra sumarísimos en su salas y dependencias , así como que en dicha sede también se residenció la Jurisdicción Especial de Orden Publico en el año 1964 hasta enero de 1977 estando las oficinas de esos dos Juzgados de OP y del propio TOP en la tercera y última planta del TS, llamada y conocida desde siempre como el Palomar.

Carta al director sin respuesta
Carta al director sin respuesta

Lo anteriormente expuesto evidencian y ponen de manifiesto, que con dichas deliberadas omisiones informativas del diario EL País aplicaba en la práctica determinados principios y postulados del llamado Pacto de Silencio de la Transición, mediante el cual se extendió un amplio manto de impunidad a todos aquellos funcionarios públicos y servidores del anterior régimen, esto es de la dictadura franquista- que habían participado en los diferentes aparatos coercitivos y represivos del Estado instaurado tras un golpe de estado violento y una cruenta guerra civil-, confundiendo e interpretando laxamente la preconstitucional Ley 46/1977de Amnistía , sin que en ninguno de sus preceptos estableciese la ablación de la memoria, con la obligación de no cuestionar el pasado turbio de esos servidores.

No se trataría de volver hacer precisamente lo que la Dictadura franquista llevó a efecto con la limpieza absoluta y general a todos los niveles de la Administración por el mero hecho de ser funcionarios de la República y sí por el contrario, conocer el papel y función que jugaron en los diferentes aparatos represivos.

Compárteme en redes sociales

Deja una respuesta

Volver arriba