Nº 139 Normas reservadas del franquismo y el Führerprinzip. Primera Parte

En un proyecto de futura publicación – en fase de revisión-, que lleva provisionalmente por título La cartografía del dolor. Las otras represiones del primer franquismo (1936-1945), y que pienso dedicar como homenaje a Marcelino Camacho –, figura como capítulo sexto, el desarrollo y contenido de esta entrada: El principio de publicidad de las normas y su vulneración durante la dictadura franquista: Leyes, Decretos reservados, Ordenes e Instrucciones comunicadas y/o reservadas, que comencé a elaborar tras mi jubilación en febrero de 2012 y terminé en 2016.

Tras varios años guardado, el manuscrito lo pasé a leer a varios historiadores, que estimaron, que sería conveniente y necesario “darle un repaso al texto y una revisión actualizadora y profundida a sus contenidos”, ya que era evidente que, desde la fecha de su terminación, la información y bibliografía sobre las represiones del primer franquismo habían avanzado cuantitativa y cualitativamente.

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Antecedentes

El contenido de ese capítulo pretendía ser una ampliación del segundo (Franco y el Fürerprinzip) de la obra del maestro Ángel Viñas, La otra cara del caudillo. Mitos y realidades en la biografía de Franco. Editorial Crítica de Barcelona, septiembre del 2015, quién tuvo la generosidad de dedicármelo.

Mantenía Viñas en dicha obra y yo lo comparto, que una de las principales notas y características para definir la dictadura franquista, desde un enfoque y planteamiento crítico hacia otros historiadores o investigadores, que han sostenido que aquello fue un “régimen autoritario”, era la constatación empírica de …la peculiar capacidad de Franco de ser fuente última del Derecho,  es decir, de hacedor de leyes.

Potestad que mantuvo hasta su muerte, por encima de todos los contenidos de las llamadas siete Fundamentales, en virtud de dos Leyes: La de 30 de enero de 1938, que en su art. 17 dice “Al Jefe del Estado que asumió todos los poderes por virtud del Decreto de la Junta de Defensa Nacional de 29 de septiembre de 1936, corresponde  la suprema  potestad  de dictar normas jurídicas de carácter general,….”. La Ley de 8 de agosto de 1939, en su art.7 dice “…correspondiendo al Jefe del Estado la suprema potestad de dictar normas jurídicas de carácter general… y radicando en él de modo permanente las funciones de gobierno, sus disposiciones y resoluciones, adopten las formas de leyes o de Decretos, podrán dictarse aunque no vayan precedidas de la deliberación del Consejo de Ministros, cuando razones de urgencia ,así lo aconsejen…. ). Ambas leyes fueron firmadas por Franco y él mismo las promulgó una en plena guerra civil y la otra inmediatamente a la terminación de la misma. Luego se denominaron y fueron conocidas como “leyes de prerrogativas”.

En sus conclusiones -pág. 381- Ángel Viñas mantiene que además del miedo y la represión el Führerprinzip formaba parte del ADN del régimen. Desde el nivel máximo de Leyes, en el sentido jerárquico que corresponde a esta norma, al nivel mínimo de órdenes ministeriales y ordenes comunicadas las disposiciones secretas incidieron en las más variadas políticas: <<seudoconstitucionales>>, generales, económicas, represivas,  y militares….

Se lamentaba A. Viñas no haber podido encontrar algunas normas más con dichas características, pero pronosticaba, con acierto y previsión del buen historiador, que, si los archivos no se destruyen más allá de lo que ya había ocurrido, quizás fuese posible identificar “otras en los años venideros”.

Precisamente es a partir de esa última consideración, que me permito, en cierta medida complementar esa primera relación de “normas reservadas” del franquismo, que he de aclarar, he localizado, al intentar “actualizar el texto y la información del inicial manuscrito”, en dos publicaciones, la primera, Gutiérrez Mellado. Un militar del siglo XX (1912-1995), de Fernando Puell de la Villa, Edit. Biblioteca Nueva, Madrid 1997 y La Obra del Miedo. Violencia y Sociedad en la España Franquista (1936-1950), de Gutmaro Gómez Bravo y Jorge Marco con Prólogo de Julio Arostegui, Editorial Península, Barcelona 2011 y en alguna que otra información, encontradas en la red de forma totalmente fortuita y aleatoria.

En ellas, se relacionan diversas “normas reservadas” cuyo contexto temporal y circunstancial trataremos de desarrollar, la primera, en plena guerra civil e inmediata posguerra relacionada con el personaje biografiado el teniente general Gutiérrez Mellado y el mundo del espionaje y contraespionaje en el que transcurrió gran parte de su carrera militar, en la segunda – y próxima entrada nº 140-, también referida a los años 1943 a 1946, en la que hubo un claro y abierto enfrentamiento entre autoridades civiles y las  militares del aparato represivo de la dictadura- el nuevo Ministro de Justicia, Eduardo Aunos y su Director General de Prisiones Ángel B. Sanz y el Juez Instructor Militar Coronel Enrique Eymar Fernández, conflicto en el que hubo de intervenir el mismo Franco, que designó a un oficial militar de confianza, Francisco Planas Tovar adscribiéndole a la Presidencia del Gobierno, para que instruyera diligencias que clarificaran la situación planteada en las prisiones, por la aplicación de políticas del llamado “humanismo penitenciario”.

Finalmente las dos últimas referencias de esta nueva relación, son las  citadas en un trabajo de Miguel Ángel Alvarez Martínez, sobre Las primeras Cortes del Franquismo 1942-1967, que se publicó en 2012, en la revista Vínculos de Historia Nº 1, donde se decía. Es complicado realizar un seguimiento de los decretos -leyes a partir de la creación de las Cortes de 1942, puesto que el anteriormente mencionado margen de arbitrariedad de la dictadura ocultaba su número mediante procedimiento irregulares de los que no queda constancia alguna. Así sucedía, por ejemplo, con el torticero empleo de la Comisión Permanente (de las Cortes) por parte del Gobierno, que aprobaba en secreto decretos-leyes y proyectos de ley, sin dar cuenta al pleno, sobre todo en materia de créditos extraordinarios. Por ejemplo, en 1945 el Pleno de las Cortes no conoció un “decreto ley reservado e inaplazable” relativo a un importante suplemento de crédito al Ministerio del Ejército, y en 1955, la Comisión Permanente ocultó igualmente al plenario el decreto-ley sobre determinados problemas derivados de la ayuda norteamericana.

El anterior párrafo transcrito literalmente, termina con la nota 71 a pie de la página 262- de la antes citada revista Vínculos de la Historia,num.1 (2012), que se refiere a Manuel Fraga Iribarne, El Reglamento de las Cortes…,170-173 y 178.

Como podrán comprender los posibles lectores de esta entrada, el campo de investigación de esas “normas reservadas” se extiende a otros ámbitos de diversas políticas, como fueron las de carácter fiscal-discriminatorias y beneficiosas para el ejército español- y también de las relaciones internacionales, derivadas de la “supuesta generosa ayuda norteamericana”, a cambio del uso y soberanía de las sus bases en el suelo peninsular hispano.

Como todo trabajo histórico y mucho más si es sobre un periodo relativamente reciente , ha de considerarse siempre como provisional, por cuanto aún quedan , en este caso de la dictadura franquista, muchos archivos por abrir,  explorar y explotar.

Y además hay que tener en cuenta, la deliberada destrucción de documentación histórica referida a la dictadura, según Puell de la Villa. -Pag.159- extremo que viene a confirmar lo denunciado recientemente por Oscar Alzaga.

Libro de Ángel Viñas dedicado

Capitán General Manuel Gutiérrez Mellado

La vida de este ilustre militar (Madrid 30 de abril de 1912-Torremocha del Campo, Guadalajara, 15 de diciembre de 1995) ha sido biografiada, por otro historiador militar, coronel de infantería Fernando Puell de la Villa, como introducción , podríamos decir, con Javier Cercas (2009) en las páginas de Wikipedia dedicadas al perfil del personaje , que la imagen pública más conocida de este general y por la que se ha convertido en icono de varias generaciones, que han podido visionar las imágenes del intento de golpe de estado, perpetrado por un grupo de guardias civiles asaltantes del Palacio del Congreso el 23 de febrero de 1981, comandados por Tejero, el excomandante de ese Cuerpo,…España entera contempló atónita como una frágil figura  de casi setenta años se levantaba intrépidamente de su escaño y, sin más armas que la palabra, hacia frente a unos guardias civiles que empuñaban pistolas y subfusiles, que no dudaron en hacer uso de la fuerza para intentar derribarle y que, al no lograrlo, abrieron fuego para impedir que desde otros escaños se imitase su gesto. La reiterada retrasmisión del momento en que se alzó en solitario para defender la ganada libertad de los españoles convertiría al general Gutiérrez Mellado en un mito, en un personaje de leyenda….

Ello no resta ni un ápice, el que traigamos hoy aquí, determinadas facetas de la personalidad del que a final de su vida ostentaba el rango de capitán general, su formación en la Academia de Zaragoza que dirigía Francisco Franco- a quién nunca dejó de admirar- y de su vinculación como profesional militar a las tareas de espionaje e información, desde el año 1938, ya como capitán, fue nombrado Jefe de una de las tres secciones del SIMP en el Madrid republicano, adscrita al primer cuerpo del ejército de los militares sublevados que asediaba a la capital.

Un perfil de un militar profesional dedicado a labores clandestinas de contraespionaje

Coinciden en dicho relato histórico-cronológico en lo fundamental- la antes referida biografía- y en el de Wikipedia.

Gutiérrez Mellado tuvo su primer destino como teniente   en el regimiento de Artillería de Caballo de Campamento (Madrid) en los años 1933-1936, donde además de afiliarse a Falange,  conoció a su superior comandante José Ungria Jiménez , quién habría de ejercer decisiva influencia en su posterior carrera profesional en los servicios de información del ejército.

Casi todos los oficiales de dicho regimiento se unieron al intento frustrado del Golpe de Estado el 19 de julio de 1936, una vez superadas las discrepancias iniciales entre el personal de la unidad y el coronel, muy conservador y respetado por todos, que recordaba el fracaso y consecuencias de la intentona golpista de agosto de 1932, los suboficiales se oponían a cualquier intervención armada y por el contrario mantenían su compromiso con la defensa de la Republica.

Unidades militares afectas se concentraron en Carabanchel y junto a varios aviones leales atacaron a los insurrectos, logrando su rendición, siendo detenidos y llevados a la cárcel Modelo.

Gutiérrez Mellado y otros cinco oficiales consiguieron huir a caballo hacia Villaviciosa de Odón, en donde contaba “con relaciones familiares y amistades” que les pudieron ayudar y proporcionarles ropas de paisano.

Por sugerencia del alcalde de dicha localidad, Gutiérrez Mellado, se dirigió unos días más tarde -acompañado de dos miembros del Comité Local del Frente Popular- para presentarse en el Ministerio de la Guerra, con la coartada, avalada por testigos falsos, de que por haberse encontrado enfermo y con permiso de sus superiores, había residido en Villaviciosa y, por tanto, no había participado en los acontecimientos de la sublevación de los oficiales de Campamento del 19 de julio. pese a esa versión exculpatoria, se ordenó su detención en los calabozos de la Puerta del Sol,  ingresando posteriormente el 8 de agosto de 1936 en la cárcel de San Antón, en calidad de detenido a disposición del Ministerio de la Guerra.

Coartada y estrategia defensiva que prosperó, en el juicio oral instruido- en el que por cierto actuó como fiscal Gregorio Peces Barba -padre- quién solicitó la suspensión para recabar los informes  del Comité del Frente Popular de Villaviciosa de Odón y certificado médico de su alegada enfermedad, que le fueros denegados- que tuvo lugar el 13 de febrero de 1937 ante el Juzgado Especial de Urgencia nº 1 por Delito de Rebelión Militar, dependiente del Tribunal Supremo, que dictó sentencia absolutoria, librándose las correspondientes mandamientos de libertad a la DGS y a la Prisión de San Antón.

Recuperada la libertad y dado que tuvo constancia, de que había sido denunciado en su antiguo regimiento como  “fascista peligroso y promotor de la rebelión”, buscó refugio en la Embajada de Panamá, sita entonces en la calle Goya 83.

Tanto el coronel dubitativo, que al final se rebeló y los capitanes que mandaban las baterías que hicieron fuego sobre las milicias de Cuatro Vientos fueron condenados a muerte y ejecutados, en otro anterior juicio. Otros cinco capitanes, ocho tenientes y dos alféreces sufrieron penas de reclusión perpetua por delito consumado de rebelión, fueron absueltos un comandante, cuatro tenientes y un brigada.

La Orden Reservada de Franco de 30 de noviembre de 1937

Con posterioridad al Alzamiento militar del 18 de julio de 1936 existían entre los sublevados cinco servicios de inteligencia creados por los nacionalistas, por lo que Franco decidió unificarlos, a través de Ungria, dictó una Orden Reservada, que transformó el SIM (Servicio de Información Militar) en el SIPM  (Servicio de Información y Policía Militar), “para dar carácter homogéneo y coordinado a la función de contraespionaje “, asignándole tres funciones:

*Investigación militar en territorio enemigo o en el extranjero, con separación absoluta de las Segunda secciones del Estado Mayor.

*Seguridad y orden público en la zona de vanguardia y, por último,

*El contraespionaje en regiones, centros o lugares de interés militar.

Fue precisamente a este última a la que Ungria en febrero de 1938 adscribió a Gutiérrez Mellado – reconocido como agente exterior-, tras salir este de la Embajada de Panamá, con documentación falsa, integrándose en el Primer Cuerpo del Ejército, Sección destacada del SIPM, fue ascendido a capitán el 17 de febrero de 1939 con antigüedad y efectos de 20 de marzo de 1937 .

Su cometido como responsable de la Ruta del Tajo, fue redactado en noviembre de 1938 en un documento de cuatro folios mecanografiados a un espacio resumiendo en catorce subtítulos su labor como agente de información- que se encuentra unido a su expediente personal-hoja de servicios-: moral, organización  del frente, localización  de unidades , artillería, aviación del frente republicano en Madrid ….siendo otra de sus principales tareas la evacuación  de numerosos jefes y oficiales y algún que otro paisano de importancia por la antes mencionada ruta .

Fernando Puell de la Villa refiere a los múltiples contactos que tuvo Gutiérrez Mellado con elementos de la denominada “quinta columna”, para marcar y resaltar la diferencia existente entre los componentes de esta y los del servicio de información militar a los que se incorporó el joven teniente.

 

Cuando el 27 de marzo de 1939 el I Cuerpo del Ejercito sublevado entró en Madrid a la Sección del SIPM se dividió la ciudad en doce distritos, bajo la autoridad de los destacamentos de Policía Militar y le encomendó de detener y poner a disposición de los tribunales militares a cuantos madrileños hubieran colaborado en cualquier forma, con el Gobierno republicano.

El capitán Gutiérrez Mellado se hizo cargo del distrito de Buenavista -Barrio de Salamanca- y sus aledaños. Aunque no recibieron instrucciones precisas, el teniente coronel Bonet por su propia iniciativa, dedicó a sus hombres a limpiar la capital de asesinos, cómplices y encubridores”, desde el 28 de marzo hasta el 18 de mayo de 1939, en preparación del desfile de la Victoria y visita del Generalísimo, durante dicho periodo se detuvo a 11.900 personas y se procedió a la incautación de ingente cantidad de documentos.

Tras la celebración del desfile, Ungria dejó la Jefatura del SIPM y fue nombrado Director General de Seguridad en el Ministerio de la Gobernación, con la misión de organizar y normalizar los servicios policiales, lo que originó importantes conflictos de competencias entre los diferentes Cuerpos de Seguridad del Estado.

El SIPM se dividió orgánicamente en dos Secciones, una dedicada a la persecución de los miembros del SIM republicano y a los marxistas y la otra, denominada “Sección Contra-Guerrilla” – donde adscribieron a Gutiérrez Mellado como Jefe de la misma, cuya misión fundamental era la localización y detención de cuantos hubiesen pertenecido “a la republicana División de Guerrilleros”.

 

Orden reservada de Franco 21 de septiembre de 1938

En diciembre de 1939 el general Varela, que previamente había reorganizado el Ministerio del Ejercito, designado al coronel Ungria Secretario General y como consecuencia de los conflictos internos de los servicios policiales, ordenó la disolución del SIPM, llevándose a sus colaboradores Bonet y Gutiérrez Mellado, con la responsabilidad de las relaciones con los restantes Ministerios.

El 29 de abril de 1940 comunicaron a Gutiérrez Mellado que Varela  le había desestimado la concesión de medalla militar individual, por su labor como agente de información durante el periodo que estuvo en el Madrid republicano, lo que originó, que durante años sucesivos, formulara esa misma petición, en base precisamente a una Orden Reservada de Franco de 21 de septiembre de 1938, dictada precisamente para reconocer “Los importantes servicios  prestados por Organizaciones Nacionales, que con elevado espíritu y gran riesgo, laboran, por la Causa clandestinamente en la zona roja,  y especialmente en Madrid, en inmediata relación con la Jefatura del S.I.P.M., en cuya labor, con patriótica ejemplaridad, hacen sacrificio de su vida con frecuencias agentes de aquellas Organizaciones que cada vez tienen que luchar con servicios policiacos enemigos más perfeccionados. En los que los métodos de terror se acentúan.”  (Pag.125 y nota Nº 15, de la biografía de Gutiérrez Mellado, de Fernando Puell de la Villa).

Cuando estaba ya integrado en  la Segunda Sección del Servicio del Estado Mayor Central-con sede en Madrid cuya responsabilidad principal eran  los servicios de inteligencia del Ejército,  ascendió a comandante en abril de 1944,  siendo una de sus principales funciones la de elaborar y preparar boletines diarios, semanales y mensuales de información para los distintos escalones de mando , también recopilaban propaganda contra el régimen, detectada en unidades militares o enviadas a domicilios  particulares de jefes, y oficiales.

Ordenes Reservadas de la Jefatura del Estado de 5 de febrero y de finales de 1945

El Alto Estado Mayor se creó el 30 de agosto de 1939, bajo dependencia directa del jefe del Estado, con el objetivo… “de ordenar la totalidad de las energías nacionales en el caso de guerra”, su Jefe era un teniente general, que actuaba de secretario de la Junta de Defensa Nacional, para cumplir su misión se organizó en Tres Secciones, siendo la Tercera, a la que fue destinado Gutiérrez Mellado en el verano de 1945.

Dicha Sección Tercera había recibido una Orden Reservada de la Jefatura del Estado 5 de febrero de1944, con la misión de enfrentarse dentro de España, a los complejos servicios de Espionaje Extranjeros y coordinar la acción de los diversos organismos encargados de reprimirlos”. La amplitud de dichos cometidos suscitó problemas de competencias con el Ministerio de Gobernación, por lo que una nueva Orden Reservada, de finales de 1945, precisó con mayor detalle sus atribuciones…

Será de la incumbencia del Alto Estado Mayor, cuanto se refiere al espionaje y contraespionaje de carácter militar, dentro y fuera del país. Incumbe a cada Ministerio, la información de carácter general, de acuerdo con sus necesidades. Corresponde al Ministerio de la Gobernación (Dirección General de Seguridad) cuanto se refiere a la seguridad interior del país . Se entiende por seguridad el conocimiento anticipado y la destrucción o anulación de cuantas actividades se dirijan a perturbar el orden público y/o o poner en peligro la vida del Estado”.( Puell de la Villa,     Pág. 134, Notas 34 y 35.Orden reservada de 5 de febrero de 1944. Diego Jaime Biondi, << El Alto Estado Mayor>> Ejemplar mecanografiado inédito de la conferencia pronunciada en la escuela de Guerra Naval, el 24 de enero de 1972. Archivo privado del conferenciante.

Decreto Reservado de 23 de diciembre de 1944

En la biografía de Gutiérrez Mellado antes mencionada,  de la que, lógicamente aquí, solo traemos, hechos y circunstancias de su muy interesante periplo vital y profesional que estén relacionados y documentados, con referencias concretas y explicitas a “ normas reservadas” , hay una ( en la pág. 133, nota Nº 32) que se refiere a finales del año 1944, donde se relata los intentos de guerrilleros españoles (“ los maquis”), que habían luchado previamente en la  segunda guerra mundial en la liberación de la Francia,  de invadir por los Pirineos por diversos pasos fronterizos y en noviembre centraron sus esfuerzos en el Valle de Arán, donde pusieron en apuros a la guarnición de Viella, acontecimiento importante, ya que ello motivó, se dictase un Decreto Reservado el 23 de diciembre de 1944, declarando “hechos de guerra a efectos militares, la intervención armada contra los maquis, desde el 25 de septiembre al 31 de diciembre de aquel año” (Archivo General Militar de Ávila, Fondo Gutiérrez Mellado, caja 494,carpeta 5).

En abril  del año 1946, relata Puell de la Villa, en el marco de una reorganización administrativa en el Alto Estado Mayor, iniciada tras la finalización de la segunda guerra mundial, Gutiérrez Mellado pasó de la denominada “Comisión de Estadística” a la “Comisión de Estudios”, cuyo cometido fundamental consistía, en preparar   informes para Franco, Carrero y Ministerios Militares,  que le trasmitían diversos agentes -habitualmente oficiales de los tres ejércitos-establecidos en países del  entorno, que utilizaban las propias Embajadas, aunque se  mantenían al margen  de la representación diplomática e incluso de los agregados militares.   

Hasta aquí las referencias concretas a “ las normas reservadas” que se citan y detallan, en los tres primeros capítulos la biografía de Gutiérrez Mellado, los otros tres restantes, complementan el interesante , brillante y polémico perfil.

Los lectores interesados, no sólo en conocer  el mismo en  su totalidad , sino también los últimos cinco  años del franquismo y los primeros de la transición con el intento de Golpe de Estado de febrero de 1981 y los cuatro posteriores hasta la muerte en accidente de tráfico de Gutiérrez Mellado en 1985, pueden encontrar una muy bien documentada historia de ese  fundamental periodo histórico, en el que de forma clara se alude a las previsiones doctrinales emanadas del Alto Estado Mayor del Ejército, idea que compartía Gutiérrez Mellado “ a que en la transición- una vez que muriese Franco- las fuerzas armadas tendrían que tutelar la transición,  mediante un Vicepresidente que fuese un militar  de alta graduación-un teniente general, de reconocido prestigio, como Diaz Alegría, con la misión de reformar la estructura orgánica de la defensa, a la par que asegurar la no injerencia de lo  castrense, en el previsible cambio político ( Puell de la Villa,  Pag.166 y nota Nº 6,…. Con ello se evitaría el vacío. San Martin, 1983,pag.96).

Versión militar de la canónica reforma,  de lo que luego se denominó “ De  ley a la ley”, que siguen manteniendo hoy día amplios sectores ideológicos de españoles, en base a unos principios más que cuestionables, como son, entre otros,  la equiparación a todos los efectos, en los ordenamientos jurídicos de una dictadura y de un régimen democrático monárquico- parlamentario.

¡¡¡ Hasta siempre, Salce Elvira !!!

En la mañana del pasado jueves, nueve de los corrientes, me llegó a través de Mayte – por el correo compartido que mantiene con la “panda de Saconia”- e inmediatamente después, me llegaban por el whatsapp, los correos de Marcel y Yenia Camacho y el de Carlos Martínez confirmando la triste noticia de su fallecimiento.

Fui por la tarde al tanatorio de la M-30 donde me encontré con viejos amigos/as y conocidos/as luchadoras de CCOO y del PCE, charlé unos momentos con ellos y con la hermana de Salce, quién me relató emocionada el periodo de su enfermedad y al contestar a mi pregunta, de cómo había enfrentado Salce sus últimos momentos, me contestó “Con mucha tranquilidad como siempre y absolutamente consciente de que su vida finalizaba.”

Pienso que fue su última lección como profesora,  mujer, sindicalista y revolucionaria .

Madrid a 11 de febrero del 2023.

Juan José del Águila Torres.

Exabogado laboralista, exmagistrado de lo social, doctor en derecho, investigador y aflorador

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