Nº 70: La represión judicial de los socialistas en la década de los cincuenta. (Primera Parte)

28/11/19

Abstract

Del 13 al 15 del pasado mes de noviembre, tuvo lugar  en la Facultad de Geografía e Historia  de la Universidad de Valencia la  Xª Trobada Internacional d`Investigadorsxs  del Franquisme, organizadas por la red de Archivos  de CCOO y los departamentos de Historia Contemporánea  de varias universidades desde 1992.

Se presentaron un total de 83 comunicaciones, debatidas en diez diferentes grupos temáticos, que versaron sobre : las dimensiones exteriores del franquismo, la economía, y las condiciones de vida, la cultura y los medios  de comunicación, las instituciones políticas de la dictadura, la violencia y represión social, la memoria del franquismo, la educación, el movimiento obrero y los archivos.

Juan José del Águila Torres, presentó comunicación a la Xª Trobada Internacional d`Investigadorxs del Franquisme. Facultat Geografia i Historia de la Universitat de Valencia. Fotografía de Pablo Alcántara.

 

Una de dichas comunicaciones la del autor y responsable de este blog  titulada… 

La represión judicial de los socialistas en la década de los cincuenta.

I.-A modo de Introducción

La década de los cincuenta en el relato de las Instituciones judiciales represivas del franquismo, cuando se escriba el día de mañana una Historia Global de la Infamia que dicho régimen representó, habrá de fundamentarse en relación a la represión judicial, con  la irregular creación y el funcionamiento de tres Juzgados Especiales de Instrucción, dos  en la Jurisdicción Penal Ordinaria y uno en la Jurisdicción Exepcional Militar o Especial de Guerra que  fueron, el primer  Juzgado Especial de Orden Publico-febrero  a julio de 1956- y el Nacional de Propaganda Ilegal, mayo de 1957 a diciembre de 1963- y por último, en enero de 1958 hasta febrero de 1964, el Juzgado Militar Especial del Coronel  Eymar , también con jurisdicción nacional para la tramitación de procedimientos judiciales derivados de actuaciones extremistas.

Para complementar ese panorama represivo contra toda la oposición política al régimen franquista, la aprobación de  una nueva la Ley de Orden Publico el 30 de julio de 1959, que venía a sustituir la anterior Ley de la República- de las pocas leyes que no fue expresamente derogada por el Nuevo Estado- de 28 de julio de 1933. El discurso del entonces Ministro de la Gobernación Camilo Alonso Vega, en la sesión plenaria para presentar el proyecto (Boletín Oficial de las Cortes Nº 638, de 28 de julio) decía: que la Ley de Orden Publico era la carta magna de la convivencia, porque venía a confirmar el aforismo de que<<Salus populi suprema lex>>.

Pretendo abordar  la represión judicial a través de dichos   órganos de instrucción contra miembros de la Agrupación Socialista Universitaria  (ASU) y del Partido Socialista Obrero Español ( PSOE), analizando cuatro  de los sumarios  instruidos contra ellos- por los  Juzgados Especiales de Orden Publico y Nacional de Propaganda Ilegal, que  se corresponderían con los Sumarios Nº 17/56 (contra Vicente Girbau y tres más) y Nº  8/1958  (Contra Antonio Amat Maíz y otros treinta y tres procesados), ambos sustanciados y tramitados en la jurisdicción especial  penal ordinaria , el tercero y el cuarto, instruidos por el Coronel Eymar, en las Causas 650/59, que se vieron en sendos Consejos de Guerra en la jurisdicción militar , contra Luis Alberto Solana Madariaga y la 690/59, contra cesar Cimadevilla, Tomás Roberto Llorens Serra, Emilio Sanz Hurtado, Manuel Alonso Novo, Vicente García Cervera, Vicente Lluch de Juan y Salvador Franco Solano.

Lo que pondrá de manifiesto,  el persistente  papel fundamental del Juzgado Militar del Coronel Eymar, antes y después de su nombramiento de enero de 1958, ya que la  inicial atribución de competencia entre  la jurisdicción especial penal  o la castrense  para instruir sumarios le  correspondía al  mismo, situación procesal  de privilegio, puesta en práctica y mantenida por los militares vencedores de la contienda.

Resaltar y destacar, ese carácter y naturaleza de “ Especial” de dichos nuevos  órganos judiciales  y asimismo la  también “idoneidad por sus anteriores curriculums profesionales” de los tres  servidores  jueces instructores designados, Acisclo Fernández Carriedo, Jacinto Blanco Camarero de forma y manera irregular por la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, ambos con destino en los Juzgados de Instrucción de Madrid Nº 19 y 13 y el propio Coronel  Enrique Eymar, nombrado ya por el Capitán  General de la Primera región en 1940 como juez de prisioneros y a partir de 1943 Juez de Espionaje y Comunismo, cargo y función que desempeñó hasta su nuevo nombramiento en enero de 1958 hasta principios de 1964, cuando estaba a punto de comenzar sus actuaciones la jurisdicción de Orden Publico.

Lo que representaba en definitiva,  en los años 1956 y 1957 un pretendido intento por parte de las autoridades franquistas de cara fundamental al exterior de España  “civilizar y judicializar” la represión de  ciertas conductas políticas de oposición, implicando de este modo a determinados  miembros de la llamada jurisdicción penal ordinaria,  ya que hasta mediados de la década de los cincuenta, dicha labor y función represiva era ejercitada casi  en exclusividad por la Jurisdicción Militar y el Tribunal de Masonería y Comunismo-ambas Jurisdicciones Especiales y también con Jueces Instructores Especiales.

Esa labor instructora inicial-de los dos nuevos  Juzgados antes mencionados- que eran llevados por los dos jueces titulares  adscritos a los Juzgados de Primera Instancia en Instrucción de Madrid Nº 13 y 19, debería pasar luego a la respectiva Audiencia Provincial del territorio donde se había producidos los hechos presuntamente delictivos para la celebración del acto del juicio oral y dictar la correspondiente Sentencia, que a su vez podría ser recurrida ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.

Esta, hasta ahora desconocida praxis judicial prácticamente extendida a todo el territorio nacional, en el periodo 1956 a 1963 cuestiona y  desmontaría la tesis y opinión de ciertos sectores judiciales progresistas, quienes afirman debido a su desconocimiento real de lo que ocurrió en esos años, que la represión solo se practicó durante el franquismo por los Consejos de Guerra y por el Tribunal de Orden Publico, manteniéndose al margen el resto de los miembros de la carrera judicial, que sólo se dedicaban al derecho civil, penal y contencioso administrativo.

 

II.-La represión  de socialistas durante el franquismo. En especial durante la década de los cincuenta.

Soy consciente que acotar el objeto de la represión a miembros del Partido Socialista Obrero Español y Agrupaciones afines como fue la ASU limita en cierta medida abordar conjuntamente con los sufridos  por los de otras fuerzas políticas que también actuaban en esa misma época y periodo, fundamentalmente los del PCE y del FELIPE lo que por supuesto, no  impide seguir investigando con un nuevo enfoque, donde se incluya el panorama completo de todos los represaliados políticos  en dicho periodo.

Según las propias fuentes del PSOE, hasta la gran caída de 1958 fueron siete las Comisiones Ejecutivas del interior que fueron desmanteladas y represaliadas tras la finalización de la guerra civil, la última de ellas cuyo responsable era  Tomás Centeno Sierra, quién entre 1950 y 1952 formó parte de la Sexta que presidia Antonio Hernandez Vizcaíno, y cuando este, perseguido por la policía marchó a Francia en marzo de 1952 entregó a Centeno los sellos de caucho y los archivos de la organización como responsable de la Séptima, que quedó encargado de constituir. Apenas un año después en febrero de 1953 fue desarticulada esta. Tomás fue detenido el 15 en el hospital donde acompañaba a su esposa  que  acababa de sufrir una intervención quirúrgica. Tras días de sufrir salvajes torturas y con el cuerpo totalmente destrozado, el 20 de febrero se quitó la vida con los flejes de su cama en los calabozos de la Dirección General de Seguridad.

Desde el exilio francés, donde residía la Dirección política del PSOE y de la UGT, tras esas continuas detenciones de las Comisiones Ejecutivas del interior, las dificultades para el funcionamiento de como organización democrática y la trágica muerte de Centeno , entendieron, según opina Félix Tezanos,  que no podían seguir sacrificando inútilmente a sus hombres  para terminar detenidos y encarcelados, por lo que,  adoptaron la decisión de “hacer bascular el peso de la estructura política del Partido hacia el exterior, mientras que la influencia sociológica del socialismo español en el interior  atravesaba por una singular evolución.”

III.-Antonio Amat, un prestigioso dirigente del PSOE en el interior.

El PSOE  y la UGT llegaron a la conclusión de  que era imposible mantener las mismas estructuras organizativas tal y cómo  habían funcionado desde el final de la guerra civil, por lo que decidieron elegir  hombres dispuestos a reorganizar el Partido en el interior, uno de ellos fue Antonio Amat Maíz, nacido en Vitoria en 1919.

Fue el artífice del resurgir de ambas organizaciones a mediados de los años cincuenta y según Abdón Mateos, su capacidad reorganizadora residió no sólo en el hecho de reactivación de las Federaciones Socialistas del Norte y la recuperación de otros grupos socialistas antes aislados en Andalucía, Aragón, sino en la voluntad de integrar a las nuevas generaciones  de antifranquistas que no habían vivido la guerra civil, carecían de antecedentes familiares republicanos  o socialistas y se habían formado en el mundo universitario.

Lo equiparan con la labor y actividad política que desarrollaron Semprún para el PCE y Ajuriaguerra para el PNV. Desde 1954 a 1958 logró incorporar al PSOE clandestino a profesionales diversos y a estudiantes universitarios en Barcelona, Madrid y San Sebastián, su activismo y político y radicalismo ideológico sintonizaban muy bien con las perspectivas  de las nuevas vanguardias  antifranquista.

Los continuos viajes por toda España, bajo diversas identidades, Guridi, El Vasco, El Ciclista, eran en esos años mediados los  cincuenta, casi el único vínculo entre los militantes del interior y la Comisión Ejecutiva, con sede en Toulusse. Llevaba con él noticias, propaganda, correspondencia y dinero. Guridi, aventurero, simpático, bebedor, temerario, inagotable, honesto, indisciplinado, atractivo, escasamente intelectual, firme partidario de la acción (incluida en teoría, la violenta), leal y eficaz, plenamente entregado a la causa, despertaba confianza entre los militantes del interior  (seguramente más que los dirigentes  del exterior) y llegó a ser  de hecho, en aquella época, el organizador imprescindible del partido clandestino.

En el Índice del  Boletín Informativo de la Brigada Político Social  de fecha 19 de febrero de 1959 (Número RS.1.708, que puede ser consultado en este blog ) y tras referencias al comunismo español y comunismo mundial, figuraba la desarticulación de una organización socialista extendida en diversas zonas de España. Todos los detenidos relacionados  fueron puestos a disposición del Capitán General de la Primera Región- del que dependía el Coronel Enrique Eymar- por inhibición de esta autoridad militar, pasaron al Juzgado Especial de Propaganda Ilegal.

Jose Ramón Recalde, detenido por su pertenencia al Frente de Liberación Popular, recuerda en sus memorias, que en el mes de noviembre de 1958  hubo una redada de socialistas, de las que el primer responsable era Amat, pero en la que también cayó con otros muchos como Luis Martin Santos, médico psiquiatra y novelista, autor de Tiempo de silencio.

En un  primer momento pasaron a las selectivas manos del coronel Eymar, pero pronto se mostró  que no era demasiado rentable para el franquismo un proceso militar contra socialistas homologables a los europeos y por ello se cedió la competencia jurisdiccional  a los tribunales penales ordinarios, el calificativo de  “ordinarios”, debía ser entendido “ cum granum salis”, como referido a la época, pues es cierto que se permitían el lujo de pedir por actividades de simple organización socialista, seis años de condena a Amat y a otros cuatro de los procesados, entre ellos a Martin Santos.

Lo cierto y verdad, es que el juicio al que se sometió Amat y al numeroso grupo de compañeros socialistas y de la UGT, cuyo sumario será objeto mas delante de estudio más detallado  tardó en celebrarse, más de cinco años- después de dos suspensiones- los día 31 de enero  y 1 de febrero de  1964-, cuando estaba a punto de comenzar su andadura represiva el TOP

IV.-La ASU (Agrupación Socialista Universitaria).

Pablo Lizcano se refirió en su obra La Generación del 56. La Universidad contra Franco, en su cuarto capítulo, con el título La resurrección socialista,  al momento fundacional de la ASU, a raíz de los acontecimientos de febrero de 1956 en la Universidad Central de Madrid, entre los estudiantes de tendencia socialista empezó a concebirse la idea de reunir a todas las personas que pudieran tener un pensamiento próximo a sus postulados, con el fin de formar un grupo propio y ello se materializó en el último domingo de febrero de dicho año.

El lugar escogido en el campo de fútbol << La Guindalera>>, en el barrio de La Prosperidad mientras un grupo de escaso público presenciaba el partido de ese día, siete estudiantes hacían un corrillo aparte en un descampado, desentendidos de las peripecias del juego, y acordaban sin ceremonial protocolario, dadas las circunstancias, crear una organización socialista, que adoptó el nombre de Agrupación Socialista Universitaria.

Allí estuvieron, calados por la lluvia, Luis Alcaide, sus amigos del Ramiro de Maeztu, Pedro Ramón Moliner, hijo de la filóloga María de Moliner, y  Miguel Rubio, Carlos Zayas, estudiante de Derecho, Emilio Sanz Hurtado, de la Facultad de Económicas, Laso de la Vega y Luis González Osorio, estudiante de medicina y buen deportista, que había quedado cojo por una lesión.

En marzo de 1956, según  se relata en la obra anteriormente citada, había circulado por la Universidad un manifiesto que protestaba por las detenciones de febrero, acusando al régimen franquista  de sus desmanes y se reafirmaba en las peticiones del primer manifiesto de febrero y terminaba pidiendo la dimisión del ministro de la Gobernación Blas Pérez, al que llamaban “Blas Himmler”. Como resultado de las investigaciones a que dio lugar su distribución fueron detenidos Vicente Girbau León, Manuel Ortuño Martínez, Luis Caro García, Jesús Ibáñez Alonso y Alberto Machimbarrena.

El manifiesto había sido tirado en una multicopista  que Vicente Girbau y Francisco Bustelo habían conseguido comprar tras múltiples peripecias y  con el pretexto que  la necesitaban  para una academia que estaban montando. Girbau, quién procedía de una familia liberal catalana, era ya diplomático y tenía un piso en la calle Zurbano, donde instalaron “el aparato”, en el  que tras muy laboriosos trabajos, dada su impericia consiguieron sacar algunos centenares de manifiestos, todos ellos, con las huellas dactilares de sus autores.

Fueron detenidos  el 23 de marzo de 1956 los cinco antes relacionados  y puestos a disposición  del recién constituido Primer  Juzgado Especial de Orden Publico, cuyo juez  instructor era Acisclo Fernández Carriedo ,   magistrado-titular del Juzgado de Instrucción Nº 19 de los de Madrid,  quién con una  inusitada y nada habitual rapidez en la tramitación del Sumario 17/1956, al aplicarles el procedimiento de urgencia previsto en la ley de Orden Publico del año 1932,  tras decretar la prisión incondicional de los mismos, lo elevó a la Sala de la Audiencia Provincial de Madrid, que señaló para celebrar juicio el 22 de mayo, dictando la correspondiente sentencia condenatoria, a la que habremos de referirnos más adelante detalladamente.

En la cárcel se encontraron con los  primeros detenidos socialistas y al resto de los estudiantes presos políticos  desde  del mes de febrero, los pusieron a todos  en una galería aparte y el resto de los presos comunes, desconcertados por la juventud y procedencia burguesa de los mismos <<siempre con libros bajo el brazo>> les calificaron de <<los  presos científicos>>.

La represión unida a la desconfianza interna existente entre las principales fuerzas de la izquierda que operaban entonces en la universidad y la denominada operación “submarino”, propiciada y alentada por los comunistas, para que algunos de los miembros de la ASU, como Zayas y Emilio Sanz Hurtado  tuvieran la doble militancia, enturbiaron las relaciones políticas y no facilitaron el clima de concordia.

En los cursos 56-57 la ASU continuó consolidándose con la incorporación de otros jóvenes universitarios, casi todos ellos de  apellidos ilustres los Bustelo, los Pradera, los Kindelan o los Solanas…, de familias liberales, que habrían pasado mayoritariamente   por el Liceo Francés o el Colegio Estudio y que no se sentían vinculados con las tesis  comunistas. Estaban convencidos  de que la guerra civil  había quedado definitivamente atrás y que era necesario crear una oposición nueva  y comprometida  que naciera de la misma realidad que habían vivido.

Aunque su incipiente ideario socialista tenía una fuerte impronta independiente y una gran distancia con el socialismo histórico que pervivía en el exilio, tuvieron en todo momento conciencia  de la necesidad de buscar alguna relación vinculante con el PSOE.

Ello llegó a materializarse  tanto con Victor Pradera, dada su condición de diplomático gozaba de facilidades para viajar, como Zayas y Vicente Girbau, cuando salió de la cárcel establecieron los primeros contactos  con Llopis y  la ejecutiva del PSOE de Toulusse, además de los ya iniciados en la Prisión de Carabanchel con el grupo socialista del país vasco, los conocidos  psiquiatras  Luis Martin Santos y Vicente Urquiola y más tarde con el Movimiento Socialista de Cataluña del joven abogado Joan Raventós y con el  personaje más representativo del socialismo del interior Antonio Amat << Alias  Guridi>>, quién además de facilitarles propaganda confeccionada en el exterior les proporcionó una  multicopista de fabricación francesa, que Amaz había lograda pasar por los Pirineos.

Abdón Mateos relata que desde febrero de 1957 se intentó la constitución  de una Agrupación Socialista de Intelectuales  y Técnicos  (ASIT), con antiguos miembros de la ASU, incluso se redactó un manifiesto fundacional por  Vicente Girbau que fue trasladado al  Secretario General Rodolfo Llopis, quién se opuso a tal iniciativa, ya que entendía que la base organizativa del PSOE la constituían  las secciones territoriales y recomendó que se constituyese una <<sociedad fabiana>>, que sirviera de plataforma de renovación  ideológica y programática del socialismo español.

No prosperó ninguna de las dos propuestas, aunque desde la cárcel Amat se mostró favorable de una estructura orgánica y  una acción autónoma del ASU, vinculando a sus dirigentes al equipo de dirección constituido durante 1957 y 1958.

Durante la última parte de la década de los cincuenta la ASU había de adquirir entre los estudiantes una fuerza y un atractivo crecientes, como alternativa a los comunistas, especialmente en el año 1957, cuando consiguieron  una consistente presencia en la llamada Unión Democrática de Estudiantes, organización  supra partidaria cuya idea era coordinar las principales fuerzas políticas opositoras en su lucha contra el monopolio sindical del SEU.

La presencia de la ASU en la estructura sindical del SEU mediante el control de las Cámaras de Facultad de la UCM- en la de Derecho se acordó se pusiera a votación la supresión del SEU lo que se logró  por mayoría aplastante en una Asamblea General de estudiantes celebrada en abril  de 1958, lo que propició que la policía tomara  ya más en serio a este grupo.
En mayo de 1958 se produjo la detención del Comité de la ASU integrado por   Pedro Ramón Moliner, Marra López,  Fernando Santos Fontela, Carlos Zayas, Gabriel Tortella cuando trataban de reunirse con representantes de sindicalistas universitarios europeos,  de la COSEC quienes fueron expulsados de España.

A los del Comité de ASU no lo pasaron a la jurisdicción militar, sino que les procesaron por asociación ilícita y propaganda ilegal, les pedían dos años de cárcel pero el juicio no llegó a celebrarse en aplicación de un indulto por la muerte de Pio XII y solo pasaron seis meses en prisión.

Con esas detenciones, la ASU quedó casi desmantelada, Girbau expulsado del cuerpo diplomático, exiliado voluntariamente, Miguel Sánchez Mazas, se había marchado a Ginebra, Pablo Sánchez Bonmatí a Inglaterra, Montesinos a Alemania,, Victor Pradera había sido enviado de cónsul a Bangkok.

Sin embargo, dos valencianos recién licenciados en la Universidad de Madrid en la Facultad de Derecho y en la Escuela  de Ingenieros de Camino, Tomás Llorens Serra y Cesar Cimadevilla Cota, conectaron con antiguos condiscípulos conocidos  y compañeros de Valencia para constituir una sección de la ASU.

Además la dirección del PSOE en el exilio mostró una reacción política más dura, al conocer las opiniones  críticas que predominaban entre casi todos los miembros activos de la ASU, quienes pretendían tener una  mayor  autonomía funcional y organizativa, lo que más adelante se demostró al apoyar  públicamente la  recién constituida  sección de la ASU valenciana la convocatoria  del PCE de la Jornada de  la Huelga General Nacional Pacifica de 24 horas para el 18 de junio del  1959.

V.-Los tres Juzgados Especiales de Instrucción: Orden Publico (1956, febrero-abril), Nacional de Propaganda Ilegal (1957 mayo-1963 diciembre) y el Militar del Coronel Eymar (1958 enero-1964 marzo).

Necesariamente me he de remitir a lo ya publicado en la serie de  las cuatro entradas  sucesivas en el blog justiciaydictadura.com y a  la comunicación presentada al XIV Congreso de Historia Contemporánea, celebrado en Alicante  del 20 al 23 de septiembre de 2018, en las que detallaban y analizaban, por una parte las causas y razones que llevaron al Gobierno del dictador  a instrumentar estas nuevas técnicas de represión, para hacer frente a una nueva oposición.

Integrada fundamentalmente por una parte  de  universitarios y recién  licenciados, muchos de ellos, hijos de los vencedores y vencidos  de la guerra civil y por otra de sectores de la burguesía y núcleos de opositores políticos integrados por antiguos seguidores del régimen, monárquicos liberales partidarios de Don Juan, demócratas cristianos…, muy distinta a la que hasta los primeros años de los cincuenta  habían tenido que hacer  frente-  los maquis y guerrilleros  del monte y de la ciudades-logrando a sangre y fuego su radical  extinción.

La forma irregular  por la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, a sugerencia de la Dirección General de Seguridad y petición formal del Fiscal del Tribunal Supremo,  en las que se crearon esos dos Juzgados Especiales de Instrucción, el periodo de funcionamiento de los mismos, desde febrero a julio de 1956 y desde mayo  hasta diciembre de 1963,  en las que se incluían los perfiles biográficos profesionales de los dos magistrados elegidos  para instruir los sumarios y analizar varios de los que tuvieron mayor relevancia y trascendencia por la relevante personalidad de los detenidos y procesados, son  las principales materias de esas entradas al blog.

Todo ello me llevó a concluir y así lo he  tratado de razonar y exponer en el nuevo primer capítulo del libro sobre EL TOP, que esos dos Juzgados Especiales de Orden Público y Nacional de Propaganda Ilegal fueron  antecedentes históricos inmediatos de esa nueva jurisdicción, que funcionó sin interrupción desde primeros de 1964 a primeros de 1977.

El Juzgado Militar especial del Coronel Eymar de 24 de enero de 1958.

Habiendo sido designado el general  Camilo Alonso Vega Ministro de la Gobernación  como sucesor de Blas Pérez, la cuestión del Orden Publico era vital para sostener y consolidar a nivel interno la dictadura militar. De ahí la creación en 1958, por parte de la Dirección General de Seguridad- comandada ya por el tortuoso Arias Navarro- de un Juzgado Especial con jurisdicción sobre todo el territorio nacional para reprimir la clandestinidad opositora antifranquista , con el temido Coronel Eymar al frente.

En la propia exposición de motivos del Decreto de 24 de enero firmado por Franco y el  entonces ministro del Ejército Antonio Barroso Sánchez-Guerra,  se hacía referencia al artículo  ciento cuarenta y tres del Código de Justicia Militar y se añadía  como justificación “ en la necesidad de dotar de la debida eficacia a la actuación de los funcionarios  judiciales que han de intervenir en la persecución de las actividades extremistas que se han producido recientemente  en diversos lugares de la Nación, obedeciendo a una unidad de consigna.”

Además se añadía,  dependerá de la autoridad judicial de Primera Región Militar, que podrá disponer al término de esta jurisdicción exepcional.

No se consignaban cuales eran o  habían sido las antes referidas actuaciones extremistas, pero del contexto de los dos años previos anteriores  1956 y 1957 y de los procesamientos instruidos en esos dos Juzgados  Especiales y también el  Juzgado Militar de Comunismo y Espionaje del Coronel Eymar ,  podrían incluirse  en ellas, dada la calculada ambigüedad e indeterminación de dicha expresión, todas las actividades de oposición política realizadas durante ese periodo, movilizaciones y manifestaciones de estudiantes universitarios y huelgas en diferentes lugares del país e incluso la llamada a la movilización general que hizo el PCE en diciembre  de 1957 para que se conociese y difundiese la consigna de la reconciliación nacional.

Un posterior decreto de 25 de abril de 1958, con el significativo título de Jurisdicción y Justicia Militar ampliaba al anterior  justificándo “…  la convenència de mantener unidad de criterios en las actuaciones judiciales derivadas de los hechos que motivaron la  publicación del D. de 24 de enero al haberse comprobado su conexión con otros análogos producidos con posterioridad a dicha fecha.”

No fue fortuita ni improvisada esa nueva designación de Franco del Coronel Eymar como Juez Especial Militar  para el desempeño de la función de instruir sumarios y causas contra los autores de “conductas extremistas”, ya que dicho personaje, las había venido realizando desde 1940, cuando el capitán General de la Primera Región General Varela le nombró como Juez de prisioneros, calificación y cometido no definido en ninguna disposición legal, pero comprensible, si se piensa que en aquellos momentos la cifra de prisioneros y detenidos en toda España se aproximaban a los  doscientos ochenta  mil, según cifras oficiales, reconocidas  en el 1951 por las autoridades penitenciarias  a una Comisión de expertos extranjeros en campos de concentración que visitó diversos establecimientos penitenciarios del país.

A partir de 1943 el ya Coronel Eymar  sustituyó al General Jesualdo de la Iglesia Rosillo en las funciones de Juez Instructor de Espionaje y delitos de comunismo, labor que desempeñó ininterrumpidamente hasta 1958.

Tras los sucesos universitarios de febrero de 1956 los primeros detenidos por la policía política del régimen-brigada político social-fueron puestos a disposición de la autoridad judicial militar de Madrid, donde desempeñaba su actividad el coronel Eymar, quién siguiendo instrucciones de la superioridad, se inhibió, pasándolos al recién constituido de forma y manera irregular  Juzgado Especial de Orden Publico, que tramitó los correspondientes sumarios.

También se inhibió, esta vez a favor del Juzgado Especial Nacional de Propaganda Ilegal en la última de las redadas masivas sufridas por los socialistas  a finales de de 1958, la del dirigente Amaz Maíz, procedimiento al que habremos de referirnos más adelante.

Una de las actuaciones del coronel  Eymar en septiembre de 1960 la relata  Abdón Mateos, en marcándola “entre algunos contactos entre cuadros socialistas y personalidades de la administración civil y militar franquista” y cuyos protagonistas fueron Francisco Román, malagueño  antiguo secretario general del Comité Central Socialista en el interior e ideólogo de la reformulación  de la política del PSOE-uno de los  procesados en la causa seguida contra Imaz y otros treinta tres  y todavía en situación de preso, antes de  ser puesto en libertad provisional fue requerido por el coronel  Eymar responsable de la política represiva en la posguerra, para comentar la evolución política e ideológica del socialismo español.

Eymar manifestaba su interés por conocer  la posición política del PSOE ante la posible caída de Franco y su preocupación porque en la futura democracia los socialistas reanudaran relaciones con los comunistas.

Para Eymar,  el PSOE debería intentar aproximarse al tipo de política que realizaban los socialistas europeos. Sentía cierta simpatía por los jóvenes de la ASU por sus intenciones de renovar la dirección política y doctrina del PSOE, haciendo que evolucionase  hacia un modelo de Partido Laborista.

Como,  conclusión de todo ese relato decía Abdón Mateos,.. Que el trato del régimen respecto a los socialistas, como el resto de la oposición no comunista, entró desde 1959 a 1962, en una fase de cierta ambigüedad. Las medidas represivas fueron dosificadas cuidadosamente  y no se excluyeron ciertos guiños  y maniobras, debido sobre todo a los fuertes apoyos exteriores con los que contaban (los socialistas) en Occidente. 

Tras su nombramiento a principios de 1958 y hasta  finales de 1963 Eymar  siguió actuando como juez especial militar, instruyendo cientos de sumarios y procedimientos contra militantes comunistas y de otras formaciones políticas de la izquierda, como los  de la ASU y los del FELIPE.

Esta actividad como juez militar especial e  instructor de causas y sumarios de oposición la desempeñó el coronel Eymar  hasta marzo de 1964, fecha en la  que ya se había creado la Jurisdicción de Orden Publico.

Como hacia la Dictadura franquista con todos los servidores públicos implicados en las tareas de represión a la oposición política, se le recompensó con el empleo honorifico de General de Brigada de Infantería por decreto que apareció publicado y además le fue concedida la Gran Crúz  de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo, ambas de carácter económico pensionable.

En su hoja de servicios como militar y  servidor público figuran como efectivos 64 años, 10 meses y 13 días a los que se  habrían de sumar 7 años y 8 días de abono por servicios extraordinarios que den un total de 71 años de servicios, 10 meses y 71 días.

En el proyectado relato –El Coronel ya tiene quién le escriba- con  una extensa vida al servicio de la represión pura y dura con cientos de miles de damnificados por la misma, habrían  de entrecruzarse lógicamente las de algunos que la padecieron y que además han podido contarla o dejar constancia indirecta de sus vivencias y experiencias con dicho sujeto.

 

 

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