Nº 45: Consideraciones sobre la situación actual en España de la Justicia Universal. Segunda parte.

 

Abstract

La
Justicia Internacional  como principio
universal representa una conquista irrenunciable de toda la humanidad y muy en
particular de las sociedades democráticas y un avance decisivo en la defensa de
los Derechos Humanos universalmente reconocidos en una sociedad globalizada.

Así se decía en la
proposición de ley presentada por Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) y
aprobada en el Congreso en 2017 con el apoyo de todas las fuerzas, salvo el PP
que votó en contra y Ciudadanos que se abstuvo.

Se criticaba  en dicha propuesta, las dos reformas que limitaron la aplicabilidad de la JU por tribunales españoles, una impulsada en 2009  por Jose Luis Rodriguez Zapatero , que incluyó la necesidad que existiera “ una conexión relevante con España” y otra, aprobada en 2014 por el Gobierno de Mariano Rajoy, en la que se establecía, entre otros muchos extremos,  que los jueces españoles sólo podían investigar delitos de genocidio, crímenes de guerra y contra la humanidad, cuando el proceso se dirigiese contra un español o un extranjero que resida  o se encuentre en España.

Y se añadía en la
proposición, “las víctimas son universales y discriminarlas por su nacionalidad
limita sus posibilidades de exigir justicia”.

La
Ministra Dolores Delgado anuncia el proyecto de ampliación de la Justicia Universal.
Tras reunirse con el Consejo Asesor  de
Juristas, designado por ella misma.

 Antecedentes

Como ya decíamos en la primera parte, en España se introdujo formalmente en nuestro ordenamiento jurídico mediante el Art.º 23.4º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que entró en vigor el 10 de julio de 1985, facultando a los tribunales españoles para conocer de hechos cometidos por españoles o extranjeros fuera del territorio nacional, susceptibles de ser tipificados según la  ley penal española, como delitos de : genocidio , terrorismo, piratería y apoderamiento ilícito  de aeronaves, falsificación de moneda extranjera, prostitución, corrupción de menores e incapaces, tráfico ilegal de drogas psicotrópicas, tóxicas y estupefacientes, tráfico ilegal de personas sean o no trabajadores, mutilación genital  femenina, cualquier otro, que según los tratados o convenios internacionales deban ser perseguidos en España.

De ser España  un país pionero en la aplicación práctica de la JU, baste recordar los casos Pinochet, Echilingo, las Juntas Militares Argentinas, Guatemala…, se convirtió en uno de los más restrictivos tras dos sucesivas reformas, operadas por  gobiernos  del PSOE y del PP, en sendas Leyes Orgánicas 1/2009, de 3 de noviembre y 1/2014, de 13 de marzo. Esta última, supuso  de hecho casi  la completa eliminación de la JU en España, provocando el cierre de casos, entre otros,  como el genocidio del Tibet, del asesinato del cámara José Couso, la investigación sobre el asalto a la flotilla de la Libertad por parte de Israel o de los asesinatos del pueblo saharaui por parte del ejército marroquí.

Las razones y justificaciones reales de tales modificaciones, que dejaron prácticamente inoperante el principio de JU fueron las presiones de todo tipo ejercidas por las representaciones diplomáticas de países como China, EEUU, Israel y Marruecos, para paralizar la tramitación de diversas querellas presentadas ante la Audiencia Nacional, en las que se veían  presuntamente implicados personalidades y responsables políticos y militares de dichos países.

Entre las primeras medidas adoptadas por la fiscal Dolores Delgado en julio del 2018 como nueva Ministra de Justicia, con la  sorprendente  llegada al Poder del Gobierno Sánchez , fue la de recuperar y reactivar la reforma   y reintroducir la aplicabilidad de la Jurisdicción Universal en España, para lo que, como primer paso se creó un Comité de Expertos, presididos por ella y Manuel Dolz, Secretario de Estado para la Justicia.

Además designados por la Ministra, José Ricardo de Prada, Magistrado de la Audiencia Nacional,  que ha formado parte de Tribunales Internacionales de Naciones Unidas,  miembro del Tribunal que juzgó el caso Gurtell, Manuel Ollé, profesor de Derecho Internacional de la Universidad Complutense de Madrid, Manuel Miguel Vergara, profesor de Derecho Penal y asesor  de la Fundación Internacional Baltasar Garzón y Hernán Hormazabal, catedrático de Derecho Penal y Presidente de la Asociación Pro Derechos Humanos de España.

Las intenciones por parte del actual Ministerio de Justicia serían no tanto presentar un nuevo anteproyecto propio, sino la de aprovechar la tramitación en el Congreso de Diputados de una proposición de ley para recuperar la Justicia Universal que presentó Esquerra Republicana de Cataluña, pero con pretensiones de ampliar el contenido y ámbito del principio de JU para aplicarlo a la jurisdicción civil y que además permitiese perseguir la delincuencia financiera internacional.

También se pretendería-según consta en  el apartado VIII del borrador de  la propuesta de  modificación legislativa de la ley orgánica del poder judicial y del código penal, elaborado por el Comité de Expertos, la responsabilidad penal de las personas jurídicas, en base a lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, que introdujo en el ordenamiento jurídico español la responsabilidad penal de las personas jurídicas, que posteriormente fue ampliada a partir de las recomendaciones de organismos internacionales por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo. Ampliando el catálogo de delitos susceptibles de ser cometidos por dichas personas jurídicas, incluyendo  algunos de clara trascendencia internacional como serian: los de contrabando, blanqueo de dinero, el tráfico ilegal de órganos humanos, la trata de seres humanos , la prostitución, la explotación sexual y la corrupción de menores, contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente, delitos de odio, el descubrimiento y revelación de secretos y allanamiento informático o la financiación del terrorismo, entre otros.

La
oposición  del Ministro Borrell de
Asuntos Exteriores a las propuestas de la Ministra Delgado sobre la  JU.
 

Según se recogía  por la periodista María Peral en el digital
El Español del 18 de octubre pasado, el Informe de la Asesoría Jurídica
Internacional del Mº de Exteriores, contenía argumentos demoledores contra el
documento elaborado por  la comisión de
juristas designada por el Mº de Justicia.

Los puntos críticos según el Mº de Exteriores serían, no sólo porque  se pretendiese introducir categorías inexistentes en el Derecho Internacional vigente y el modelo que se quiere implantar se apartase por completo de cualquier otro sistema de Jurisdicción Extraterritorial, el diseño vaya a inducir a confusión a los operadores jurídicos al  ignorar la cláusula de subsidiariedad y pretenda también incidir en el terrero de la Corte Penal Internacional , sino porque también, la propuesta del Mº de Justicia no aseguraba el ejercicio efectivo y eficiente de la JU e introducía “elementos”  que podían afectar directa y gravemente a las relaciones internacionales del Estado.

Se advertía además de “las serias deficiencias” anteriormente descritas , que la reforma de la JU debería ser lo más consensuada y pacífica posible para evitar convertirla en pieza de debate y conflicto permanente  en detrimento de una política viable, conforme al principio de realidad, ya que su aplicabilidad  se enfrentaba con serios problemas prácticos, al depender de mecanismos de cooperación y de asistencia judicial que no siempre funcionan, lo que desembocaría en la imposibilidad de continuar el procedimiento judicial en España, con el consiguiente desprestigio para la institución de la JU y la decepción para las víctimas.

En definitiva, para garantizar la eficacia y lograr el objetivo último de la JU era preciso asegurarse que haya un tribunal español competente para enjuiciar  los más graves crímenes de trascendencia internacional, cuando no existiese otro tribunal extranjero o internacional que tenga mejor título o esté  mejor situado para ello, o en caso de existir ese Tribunal no quiera o no pueda hacerlo, esto es volver al sistema o modelo del 2009, simple, uniforme y comprensible para los operadores jurídicos y para las víctimas.

Enlace a la Declaración de la Sociedad Civil para la recuperación de la Jurisdicción Universal de 22 de octubre del 2018.

#Justicia Universal YA. Ninguna víctima sin justicia es una plataforma creada en el pasado mes de octubre, con el único objetivo inmediato  de lograr una reforma legislativa que devuelva una herramienta esencial en la lucha contra la impunidad de los crímenes más atroces, como es la JU y está integrada por organizaciones y personas  pertenecientes a la sociedad civil especialmente sensibilizados por este tema, Asociación de Derechos Humanos  (APDHE), Comité de Apoyo al Tibet (CAT), Fundación Internacional Baltasar Garzón (FIBGAR), Fundación Abogacía Española, Guernica Center for International Justice, Rights International Spain (RIS) entre otras noventa organizaciones-40 estatales y 50 internacionales- juristas y representantes de las víctimas entre las cien  adhesiones individuales, para  poner de manifiesto  el retroceso sufrido en España en los últimos años en materias de Derechos Humanos que han provocado efectos devastadores.

La última reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial de  2014 supuso la desaparición  en la aplicación de la JU en España, impidiendo incluso la obtención de  una mínima justicia para las víctimas de los más graves crímenes internacionales incluso cuando estas eran españolas y produjo al inmediato cierre de todos los procedimientos existentes en la Audiencia Nacional  dejando en el mayor desamparo jurídico a las víctimas y un panorama desolador de impunidad absoluta incluso ante las mayores violaciones de los derechos humanos imaginables.

El
caso José Couso propició el desbloqueo  de la tramitación de la proposición de ley presentada
por ERC.

Jose
Couso en Bagdad antes de su muerte producida por disparos de un tanque norteamericano.

Según el digital  InfoLibre del 30 de octubre la Mesa del
Congreso  logró por unanimidad el
desbloqueo la tramitación parlamentaria de la reforma legislativa que presentó
ERC para poner fin a los límites de la Justicia Universal.

Ello se debió a que en
la semana precedente hubo una reunión de los
familiares  de José Couso- cámara
de tv asesinado en Bagdad, en la guerra de Irak el 8 abril del  2003-con todos los grupos parlamentarios del
Congreso, incluidos los conservadores del PP, dispuestos “asumir y corregir”
algunos de los puntos que ellos aprobaron en 2014 con la mayoría absoluta que
tenía entonces  el Gobierno Rajoy.

Conclusión
Provisional

Sería más que deseable
que la reciente  unanimidad lograda en la
mesa del Congreso por los representantes de todos los grupos parlamentarios
para actualizar y poner al día la tramitación de la propuesta que en 2017
realizó ERC para suprimir los límites impuestos a la aplicación de la JU en
España, por las dos sucesivas reformas propiciadas respectivamente  por gobiernos del PSOE y PP se trasladara a
la respectiva Comisión y que en ella se acordara un nuevo texto legislativo
sobre dicha materia, en el que se recogieran las principales aportaciones de la
plataforma Justicia Universal Ya ,
que posteriormente fuese aprobado por el pleno del Parlamento y sancionado por
el Senado.

Desgraciadamente la
situación general  de crispación política
que se vive hoy en todo el Estado y la propia división interna en el partido y
gobierno socialista no parecen abonar dicha salida, pero al menos con esta
segunda parte cumplimos con nuestro compromiso de intentar una “puesta al día”
de cómo se encontraba el tema de la JU en España.

Notas
finales.

Tengo la enorme
satisfacción de comunicar a los lectores que la anterior entrada  Diccionario
de la Memoria Colectiva y la voz Justicia universal (23.11.18),
fue
reproducida íntegra y literalmente en las revistas digitales Crónica Popular (24.11.18),Rebelión (27.11.19) y en
la web Todos los nombres
(03.12.18).

Y además gran dolor porque el domingo 2 de diciembre tuve la triste noticia por una llamada de Juan Moreno del fallecimiento el 30 de noviembre de Miguel González Zamora, abogado laboralista de las CCOO que militó en la ORT y después en el PCE. También muy recientemente me enteré de la muerte  hace unos meses de Enrique Ximenez de Sandoval Riestra,  abogado que militó en el PCE, jurista experto en derecho urbanístico, que hasta su jubilación fue el asesor del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España. Dos compañeros entrañables y luchadores.

Reitero las condolencias  a sus respectivas esposas e hijos y me comprometo  a realizar una próxima entrada en este blog, para poner en valor ambas trayectorias personales, profesionales y políticas.

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